En el año 2000 comienza en nuestro país el tiempo de la protección de la percepción del paisaje, más allá de los valores materiales que incorpora, pero la permeabilidad del ordenamiento jurídico sectorial autonómico y local no va de la mano de las primeras leyes autonómicas del paisaje, por lo que el papel de la jurisprudencia en la aclaración de la naturaleza de la protección paisajística está teniendo especial relevancia más allá de los vacíos normativos y de la legislación sectorial que el paisaje atraviesa dado su carácter transversal.
I.- VEINTE AÑOS DESPUÉS: LA DEFICITARIA PROTECCIÓN DEL PAISAJE ORDINARIO Y SU RELACIÓN CON LA ERRÁTICA TÉCNICA LEGISLATIVA. II.- LA PROTECCIÓN DEL PAISAJE EN LAS ORDENANZAS MUNICIPALES ¿EXCUSA O ÚLTIMA SOLUCIÓN? III.- LAS ORDENANZAS DE PAISAJE: ALGO MÁS QUE INSTRUMENTOS DE PLANIFICACIÓN TERRITORIAL Y URBANÍSTICA. 1.- Concepto formal y material de los instrumentos de planeamiento territorial y urbanístico y la correlativa naturaleza de las ordenanzas municipales a los efectos del paisaje urbano. 2.- La transversalidad de la ordenación jurídica del paisaje y su falta de integración en la normativa sectorial como causa última del defectuoso ejercicio de la competencia municipal. IV.- EL PAPEL DE LAS ORDENANZAS MUNICIPALES Y LA JURISPRUDENCIA ANTE EL VACÍO REGULATORIO ESTATAL Y AUTONÓMICO EN LA PROTECIÓN DEL PAISAJE. V.- EL IMPACTO PAISAJÍSTICO COMO HECHO IMPONIBLE DE LOS CÁNONES EÓLICOS. CONCLUSIONES.
From the year 2000 begins in our country the time of the landscape view protection, beyond the material values it incorporates, but the permeability of the regional and local sectorial legal system does not go hand in hand with the first regional landscape. Therefore, the role of jurisprudence in clarifying the nature of landscape protection is having special relevance beyond the regulatory gaps and sectorial legislation that the landscape crosses given its cross-cutting nature.