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Condiciones específicas para acceder a la libertad condicional en los casos de terrorismo y delincuencia organizada. La STEDH del caso Marcello Viola c. Italia. (RI §424806)  


Specific conditions to access parole in cases of terrorism and organized crime. The ECHR of the Marcello Viola v. Italy Case - Margarita Roig Torres

En nuestro Derecho los artículos 72.6 LOGP, 90.8 y 92.2 CP, prevén condiciones especiales para conceder el tercer grado y para suspender el resto de la pena de prisión y de prisión permanente revisable, a las personas condenadas por delincuencia organizada o terrorista. Entre ellas, la colaboración con las autoridades. Pues bien, la STEDH sobre el Caso Marcello Viola c. Italia de 2019, declaró que la exigencia de cooperación para otorgar la libertad condicional en la prisión y en la cadena perpetua es contraria al artículo 3 CEDH que prohíbe las penas inhumanas o degradantes. La falta de participación no siempre es libre, pues cabe por ejemplo el temor a represalias y, a la inversa, la contribución puede hacerse con el fin de obtener el beneficio, pero sin desvincularse de la organización criminal. Por lo tanto, dicho presupuesto no sirve para medir la peligrosidad del penado y, en consecuencia, es desproporcionado. A la vista de esta sentencia resulta imprescindible revisar la normativa española.

I. Planteamiento. II. Exigencias específicas para conceder la libertad condicional en la delincuencia organizada o terrorista. 1. Cuestiones previas: forma de suspensión y problemática de la revocación. 2. Requisitos particulares. III. STEDH Caso Marcello Viola c. Italia (nº 2), de 13 de junio de 2019. 1. Precedentes jurisprudenciales. 2. STEDH del Caso Marcello Viola c. Italia. 3. Postura del Tribunal Constitucional italiano. IV. Revisión de la normativa actual a la luz de la STEDH del Caso Marcello Viola c. Italia. V. Bibliografía citada.

Palabras clave: libertad condicional; suspensión de la pena; terrorismo; organización criminal; prisión; prisión permanente revisable.;

In our Law, Prison Law (article 72.6) and Criminal Code (article 90.8 and 92.2), provide special conditions to grant the third degree and to suspend the rest of the prison sentence and reviewable permanent prison, to people convicted of organized or terrorist crime. Among them, the collaboration with the authorities. Well, the ECHR on the Case of Marcello Viola v. Italy of 2019, declared that the requirement of cooperation to grant parole in prison and life imprisonment is contrary to article 3 ECHR that prohibits inhuman or degrading punishment. The lack of participation is not always free, since there is, for example, the fear of reprisals and, conversely, the contribution can be made in order to obtain the benefit, but without disassociating oneself from the criminal organization. Therefore, said budget does not serve to measure the dangerousness of the prisoner and, consequently, is disproportionate. In view of this ruling, it is essential to review the Spanish regulations.

Keywords: conditional freedom; suspended sentence; terrorism; criminal organization; prison; reviewable permanent prison.;

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