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Una aproximación al traspaso del riesgo en la compraventa desde el Derecho Romano hasta la actualidad. (RI §424472)  


An approach to the passing of risk in sale contract from Roman Law to the present - Verónica D. Díaz Sazo

El traspaso del riesgo en la compraventa en el Derecho romano estuvo regido por la aplicación del axioma periculum est emptoris. Esto es, el comprador cargará con los riesgos si el bien objeto de la compraventa se destruye o desvaloriza, por causa no imputable a ninguna de las partes, durante el lapso de tiempo que va desde la perfección del contrato hasta la entrega. Esta regla se aplicó en época clásica, postclásica y justinianea, siendo desarrollada en la Edad Media y relegada, al considerarse injusta, con la llegada de la codificación. A pesar de ello, países como España siguen siendo fieles al Derecho romano. Este trabajo pretende determinar la aplicación de la máxima en el Derecho romano y su posterior desarrollo, para replantear si existe necesidad de adaptar la normativa nacional a lo dispuesto en la Convención de Viena de 1980 o a otros sistemas normativos o si, por el contrario, un estudio crítico-jurídico del axioma puede justificar su aplicación.

I. INTRODUCCIÓN. II. LA MÁXIMA PERICULUM EST EMPTORIS EN EL DERECHO ROMANO. 2.1 Origen de la máxima. 2.2. El debate doctrinal existente sobre la aplicación de la máxima en época clásica. 2.3. Emptio contracta y emptio perfecta. III. RECEPCIÓN DE LA MÁXIMA EN EL ORDENAMIENTO JURÍDICO ESPAÑOL. 3.1. Precedentes. 3.2. Regulación actual del traspaso del riesgo. IV. LA REGULACIÓN DEL TRASPASO DEL RIESGO EN LA CONVENCIÓN DE VIENA Y LA PRÁCTICA INTERNACIONAL. V. CONCLUSIONES. VI. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS.

Palabras clave: periculum est emptoris; emptio-perfecta; puesta a disposición.;

The passing of risk in the sale contract in Roman law was governed by the application of the axiom periculum est emptoris. It means that the buyer will bear the risks if the object of the sale is destroyed or devalued for reasons not attributable to any of the parties, in the period of time that goes from the perfection of the contract to the delivery of the object. This rule was applied in classical, post-classical and Justinian times, being developed in the Middle Ages and relegated with the codification movement, arguing that it was unfair. Despite this, countries like Spain continue being faithful to Roman law. This work aims to determine the application of the maxim in Roman Law and its subsequent development in order to rethink whether there is a need to adapt national regulations to the provisions of the Vienna Convention of 1980 or to other regulatory systems or if, on the contrary, a critical-legal study of the axiom can justify its application.

Keywords: periculum est emptoris; emptio-perfecta; placed at the disposal.;

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