Autocomposición y justicia convencional: acuerdos amistosos ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (II). (RI §424020)
Selfcomposition and conventional justice: friendly settlements before the European Court of Human Rights (II) - Brian Buchhalter Montero
Este trabajo (II) se ocupa de la conformidad de los acuerdos amistosos con los derechos humanos, a la vez que trata cuestiones relativas a la confidencialidad de los acuerdos y su régimen de impugnación y ejecución. Es, por tanto, una continuación de otro artículo (I) presente en esta misma Revista, que se ocupa del fundamento y las razones que justifican la institución, sin dejar de lado los requisitos y los efectos principales de los acuerdos amistosos.
VIII. Contenido: ¿un desafío para el estado de derecho? IX. Límites objetivos: la conformidad con los derechos humanos y la equidad del acuerdo: 1. Conformidad con los derecho humanos: una reformulación del test: A) Naturaleza jurídica del control de conformidad; B) Anclaje normativo del test de conformidad; C) Justificación de la distinción entre test de conformidad propia e impropia; D) Estructura actual del test de conformidad; E) Reestructuración del test de conformidad con los derechos humanos; a) Test de conformidad propio o justificación convencional interna; b) Test de oportunidad de la conformidad; F) Recapitulación; 2. Equidad del acuerdo X. Ejecución del acuerdo. XI. Impugnación del acuerdo. XII. Confidencialidad absoluta. XIII. Mecanismos complementarios: 1. En el sistema del CEDH: a) Declaraciones unilaterales; b) Sentencia piloto. 2. En otros sistemas de justicia convencional: A) América; B) África C) Medio Oriente y Asia. XIV. Conclusiones. XV. Bibliografía.
This paper (II) deals with the conformity of friendly settlements with human rights, while at the same time dealing with questions of confidentiality of the settlements and their regime of challenge and enforcement. It is therefore a continuation of another article (I) in this Journal, which deals with the rationale and justifications for the institution, without neglecting the main requirements and effects of friendly settlements.