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Tutela del consumidor ante la economía de plataforma. (RI §422819)  


Consumer protection in the platform economy - Carolina Sanchis Crespo

La economía de plataforma ha irrumpido con fuerza en el mercado. Dos son las vertientes en las que tiene lugar. Una la que se da entre pares, para el que podemos reservar el término economía colaborativa de plataforma. Y otra la que se da entre consumidores y prestadores de servicio profesionales que podemos denominar capitalismo de plataforma. La principal diferencia entre una y otra está en la distinta calidad del prestador de servicios, que en el primer caso es un igual y en el segundo es un profesional. Ello determinará la aplicación o no de la legislación de protección al consumidor. Este artículo persigue dibujar la tutela que el ordenamiento jurídico dispone a favor del consumidor en estos nuevos entornos.

I. APROXIMACIÓN AL TEMA. II. LA ECONOMÍA DE PLATAFORMA. III. TUTELA DEL CONSUMIDOR. 1. Marco normativo. 2. El procedimiento simplificado de mediación en línea para reclamaciones de cantidad. 2.1. Ámbito de aplicación. 2.2. Procedimiento. 2.2.1. Responsables. 2.2.2 Acreditación de la identidad y condición de usuario. 2.2.3 Formularios. 2.2.4 Documentación, expediente y compromiso de acceso. 2.2.5 Duración y desarrollo. 2.2.6 Inicio de la mediación. 2.2.7 Posiciones de las partes. 2.2.8 Sesiones de mediación. 2.2 9 Terminación de la mediación. 3. La plataforma europea ODR. 3.1 Ámbito de aplicación. 3.2 Procedimiento. 3.2.1 Red de puntos de contacto de resolución de litigios en línea. 3.2.2 Presentación de reclamaciones. 3.2.3 Tramitación y transmisión de reclamaciones. 3.2.4 Resolución del litigio. 4. En España: la entidad Confianza Online. 4.1 ¿Qué es?. 4.2 Procedimiento. 4.2.1 Legitimación activa y pasiva. 4.2.2 Requisitos de admisibilidad de las reclamaciones. 4.2.3 Actuaciones de la Secretaría de Confianza Online. 4.2.4 Cómputo de los plazos e inicio del procedimiento. 4.2.5 Aceptación, rechazo o silencio ante la propuesta de acuerdo. 4.2.6 Terminación de la mediación. IV. CONCLUSIONES. V. BIBLIOGRAFÍA.

Palabras clave: Economía de plataforma; economía colaborativa; consumidor; tutela legal.;

Platform economy has broken into market. There are two main sides in which it takes place. One between peers, which could be named platform collaborative consumption. And the other, between consumers and professional service providers, what we might call platform capitalism. The main difference between the two of them is the inequal quality of the service provider, which could be a peer or a professional. This will determine the application or lack of it, of the consumer protection law. This paper pursues to draw the legal recognition that the juridical ordering displays in favor of the consumer in such new environments.

Keywords: Platform economy; collaborative consumption; consumer; legal recognition.;

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