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José Eugenio Soriano García.
Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Complutense de Madrid.

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La fiestas de interés turístico. (RI §422744)  

- Mariano López Benítez

Las fiestas de interés turístico son estímulos honoríficos con los que las Administraciones distinguen a determinadas celebraciones. Su régimen jurídico es, sin embargo, muy parco y presenta muchas dudas y lagunas a las que el presente trabajo trata de dar respuesta, delimitando al mismo tiempo el alcance de las potestades administrativas relativas a los cambios y a las modificaciones que puedan producirse en el desarrollo de las fiestas.

I. Consideraciones generales. II. Antecedentes histórico-legislativos de las fiestas de interés turístico: 1. El auge del turismo de “masas” y la promoción legislativa del turismo: signos distintivos geo-turísticos y declaraciones de fiestas de interés turístico; 2. El nacimiento legislativo de las declaraciones de fiestas de interés turístico: Las fiestas de interés turístico de España; 3. La Orden del Ministerio de Comercio y Turismo de 29 de enero de 1979: fiestas de interés turístico internacional, fiestas de interés turístico nacional y fiestas de interés turístico; 4. Reestructurando el sistema de fiestas de interés turístico: la introducción de las fiestas de interés autonómico y la falta de relación entre el grupo normativo estatal y los autonómicos; 5. La Orden ITC/1763/2006, de 3 de mayo, como precursora más inmediata del régimen vigente: el cuestionable establecimiento de un cursus honorum para acceder a las categorías de fiestas de interés turístico nacional e internacional. III. El régimen jurídico vigente de las fiestas de interés autonómico y de las fiestas de interés turístico nacional e internacional: 1. Continuidad e innovaciones de la Orden ICT/851/2019, de 25 de julio, por la que se regulan las fiestas de interés turístico nacional e internacional; 2. Clases de fiestas de interés turístico: 2.1. Fiestas de interés turístico internacional, nacional, autonómico y local; 2.2. La relación entre las declaraciones de interés turístico de competencia estatal y las declaraciones de fiestas de interés autonómico: el problema de las declaraciones genéricas o paraguas; 3. ¿Requisitos o criterios para la declaración de una fiesta como fiesta de interés turístico?: 3.1. El origen, la historia y la antigüedad de la celebración de la fiesta o acontecimiento de que se trate; 3.2. La continuidad en el tiempo de la fiesta o celebración; 3.3. El valor cultural y la originalidad de la fiesta; 3.4. El arraigo de la fiesta en la localidad; 3.5. Existencia de equipamientos e infraestructuras suficientes; 3.6. Especial cuidado del entorno monumental y urbano, así como del entorno natural y paisajístico; 3.7. El Plan de Difusión; 3.8. Otros requisitos recogidos por la legislación autonómica; 4. El procedimiento administrativo para la declaración de una fiesta como fiesta de interés turístico; 5. Los efectos jurídicos del otorgamiento de la distinción honorífica fiesta de interés turístico; 6. Modificación y revocación de las declaraciones; IV. A modo de conclusión o de epílogo post scriptum: las declaraciones de fiesta de interés turístico tras el Covid-19. Problemas jurídico-administrativos.

Palabras clave: Fomento del turismo; Fiestas de interés turístico.;

The tourist interest festivities (fiestas de interés turístico) are honorary incentives which Administrations can award to some celebrations. However, the regulation of these incentives is very scarce and has great lacunas. This article fills in these lacunas. In particular, it explores the content and limits of administrative powers regarding the changes and modifications in the development of those celebrations.

Keywords: Promotion of tourism; Tourist interest festivities.;

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