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Remedios Morán Martín
Catedrática de Historia del Derecho y de las Instituciones. UNED (Madrid)
De la Academia Portuguesa de la Historia

SECRETARIO
Javier García Martín
Profesor Titular de Historia del Derecho
Univ. País Vasco

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La promesa entre el Derecho y la moral. De obligación jurídica a obligación en conciencia. Reflexiones para un estudio histórico. (RI §422123)  


The promise between Law and morality. From legal obligation to obligation in conscience. Reflections for its historical study - Sara Verónica Parini

Generalmente, las reglas jurídicas provenientes de la obra justinianea, reelaboradas por intérpretes sucesivos, han servido de vehículo para el desarrollo de la ciencia jurídica. En ciertos casos, sin embargo, como el que aquí se estudia, tales preceptos se han revelado como el mayor obstáculo para incorporar nuevas vías de interpretación, provenientes de múltiples situaciones de la vida cotidiana. Así ha sucedido, en concreto, con el principio de accionabilidad de los pactos, habitualmente relacionado con lo formulado en D. 2.14.7.4. Este precepto, insistentemente citado tanto por los primeros civilistas boloñeses como por los juristas humanistas del s. XVI, se convirtió con rapidez en el baluarte constante y más eficaz contra el reconocimiento de la libertad contractual. Al menos hasta que las propuestas del Derecho canónico, asumidas como propias además por los teólogos de la Segunda Escolástica, lograron conducir hasta a los juristas más recalcitrantes a suscribir el principio contrario: “pacta, quantunque nuda, servanda sunt”, aunque sin atribuirle alance general. En la construcción teórica de la promesa nuda, la aportación del Derecho canónico a la lectura de las fuentes romanas representa un momento tanto de continuidad como de innovación. El valor ‘moral’ de la obligación, o lo que es lo mismo, el compromiso en ella contenido, a través de la palabra dada, se convertiría en punto de referencia obligada para una nueva construcción del vínculo obligatorio. Si, por ello, el problema de la relación entre contrato y promesa se puede resumir en la definición exacta que se haga de estos dos conceptos, diferentes en función de la relevancia jurídica del primero, contrapuesto al sentido moral de la segunda, es innegable que a partir de un momento determinado, a la obligación en conciencia, valorada sólo en función de su connotación ética, se le atribuiría un significado estrictamente técnico, haciéndola, como tal, sancionable en juicio. El medio, por ello, con el que descartar las antiguas doctrinas sería la evolución del principio meta-jurídico de la buena fe, que acabaría siendo entendido como expresión de valores de equidad y corrección en el ámbito jurídico. Y como tal sigue siendo operativo, a nuestro juicio, en el conflicto entre ius communitatis y ius commune odiernum para la fijación de los Principles of European contract Law.

I. Introducción. II. El pactum en Derecho romano. III. Los Glosadores. IV. Los Comentaristas. V. La promissio desde la perspectiva de los canonistas. VI. El siglo XVI. El humanismo jurídico. VII. Positivismo y códigos.

Palabras clave: pacto; contrato; bona fides; Derecho canónico; obligación.;

Usually, legal rules taken from the Justinian Compilation, reworked by successive authors, have served as a vehicle for the development of legal science in Continental Europe. In some cases, however, like that one here studied, such provisions have been revealed as the greatest obstruction to open up new ways of interpretation, coming from multiple situations in eveyrdaylife. This has happened, specifically, in the case of the actionability of the pacts, principle inferred from what has been formulated in D. 2.14.7.4. This rule, insistently quoted both by the Bolognese civilists and the 16th-century humanist lawyers, became quickly the most constant and effective bulwark against the recognition of freedom of contract. At least, until canonists proposals, assumed as their own by the theologians of the School of Salamanca, succeeded in leading even the most recalcitrant jurists to subscribe to the opposite principle: “pacta quantunque nuda, servanda sunt”, though not in general. In the theoretical construction of the nude promise, the contribution of Canon law to the reading of Roman sources represents, in fact, a moment of both continuity and innovation. The ‘moral’ value of obligation -or what is the same, the commitment contained in it, through the ‘given word’- would become a required reference point for a new construction of the obligatory link. Thus, if the problem of the relationship between contract and promise can be summed up in the exact definition of these two concepts, depending on the legal relevance of the former and on the moral sense of the second, it is undeniable that from a certain point in time, the obligation in conscience, considered only on the basis of its ethical connotation, would be attributed an strictly technical meaning, making it, as such, punishable in judgement. The means, therefore, to rule out the old doctrines would be the development of the meta-legal principle of good-faith, which would end up being understood as an expression of values of fairness and correction in the legal area. And as such it remains operational, in our view, in the conflict between ius communitatis and ius commune odiernum in order to settle the principles of the European contract law.

I. Introduction. II. Pactum in Roman Law. III. The Glossators. IV. The Commentators. V. Promissio from the Canon law perspective. VI. The Sixteenth Century. Legal Humanism. VII. The Eighteenth Century. VIII. Positivism and codes.

Keywords: pact; contract; good faith; Canon law; obligation.;

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