Logo de Iustel
 
 
Sello de Calidad de la Fundación Española para la Ciencia y la TecnologíaDIRECTORES
Rafael Navarro-Valls
Catedrático de Derecho Eclesiástico del Estado
Universidad Complutense

Javier Martínez-Torrón
Catedrático de Derecho Eclesiástico del Estado
Universidad Complutense

SUBDIRECTOR
Rafael Palomino Lozano
Catedrático de Derecho Eclesiástico del Estado
Universidad Complutense

SECRETARIO
Santiago Cañamares Arribas
Catedrático de Derecho Eclesiástico del Estado
Universidad Complutense


Menú de la revista

Conexión a la revista

 

La cooperación económica del estado portugués con la Iglesia católica. (RI §420913)  


Economic cooperation between the portuguese state and the catholic church - María Cebriá García

El presente trabajo analiza la cooperación económica del Estado portugués con la Iglesia Católica, tras la entrada en vigor del Concordato de 18 de mayo de 2004, que sustituyó al Concordato de 7 de mayo de 1940 por no adaptarse éste ni a la realidad portuguesa, ni a la de la Iglesia. Con este Concordato las ayudas económicas se concedían a la Iglesia como indemnización por las expoliaciones y confiscaciones que sufrió en el pasado. Las actuales formas de cooperación se asimilan a las reguladas por la Ley 16/2001, de 22 de junio, de Libertad Religiosa para el resto de las confesiones religiosas radicadas en Portugal, en búsqueda de la igualdad, y su fundamento se encuentra en la función social, en relación con la libertad religiosa, que cumple la Iglesia Católica y sus entes.

1. INTRODUCCIÓN. 2. BENEFICIOS FISCALES DE LA IGLESIA CATÓLICA TRAS EL CONCORDATO DE 18 DE MAYO DE 2004. 2.1. Supuestos de no sujeción y exenciones fiscales. 2.2. La restitución del IVA a la Iglesia Católica. 2.3. La tributación de la renta de los sacerdotes y de su vivienda habitual. 2.4. Beneficios fiscales indirectos: deducción de donaciones. 2.5. Beneficios directos: la consignación o asignación tributaria. 3. A MODO DE CONCRECIÓN

Palabras clave: Portugal; Concordato; financiación de la Iglesia Católica; cooperación; beneficios fiscales; exenciones; libertad religiosa.;

The paper analyzes the economic cooperation of the Portuguese State with the Catholic Church with the Concordat of May 18, 2004, which replaced the Concordat of May 7, 1940, for not adapting either to the Portuguese reality or to that of the Church. In this Concordat the financial aid was granted to the Church as compensation for the spoliations and confiscations suffered in the past. The current economic cooperation is similar to that regulated by Law 16/2001, of June 22, on Religious Freedom for the rest of the religious confessions based in Portugal, in search of equality. And its foundation lies in the social function, in relation to religious freedom, that the Catholic Church and its entities fulfill.

Keywords: Portugal; Concordat; funding of Catholic Church; cooperation; tax benefits; exemptions; religious freedom.;

Documento disponible para usuarios registrados.

Para consultar gratuitamente este artículo primero deberá registrarse como usuario.

 
 
 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana