La transformación del Convenio Europeo de Derechos Humanos. (RI §420893)
The transformation of the European Convention of Human Rights - Javier García Roca
Se ofrece un panorama de la seria transformación del sistema del Convenio en constante evolución mediante una incesante jurisprudencia del TEDH y algunos protocolos de reforma. Una intensa expansión de la jurisprudencia europea. Su erección como un instrumento constitucional del orden público europeo y no sólo un tratado internacional. El desarrollo del acceso directo mediante un recurso individual, tras desaparecer la Comisión, el desbordamiento de las demandas, y la alternativa que ofrecen las nuevas opiniones consultivas. El continuo incremento de los contenidos protegidos, incluidos algunos derechos sociales. La progresiva introducción de medidas de reparación individuales y generales y el reforzamiento de la eficacia de cosa interpretada. El reforzado papel del Comité de Ministros y del propio Tribunal en la supervisión de la ejecución de las sentencias. Muchos de estos rasgos eran impensables hace más de medio siglo al tiempo de aprobarse el Convenio.
1.- Introducción. 2.- Los orígenes y la expansión de la jurisdicción europea. 3.- De una protección internacional a un instrumento constitucional del orden público europeo. 4.- Del filtro de la Comisión al acceso individual y directo de las víctimas y la adopción de medidas cautelares vinculantes. 5.- El crecimiento constante de los derechos protegidos y algunos derechos sociales. 6.- De las sentencias declarativas al restablecimiento íntegro del derecho. Medidas de reparación. 7.- Del papel del Comité de Ministros al seguimiento judicial de la ejecución. 8.- Conclusión: el fortalecimiento del sistema.
The paper offers a view of the deep transformation experienced by the Convention protection system, whose evolution has been constant as a result of the ECHR case law and some amending protocols. An intense expansion of European jurisprudence. Its conversion into a constitutional instrument of European public order and not as a mere international treaty. The development of direct access to the Court through individual complaints, after the disappearance of the Commission, the increasing number of complaints, and the alternative offered by the new advisory opinions. The sustained expansion of protected contents, including some of the social rights. The progressive introduction of individual and general reparation measures and the reinforcement of the res interpretata effect. The reinforced role of the Committee of Ministers and the Court itself in supervising the execution of judgments. Many of these features were unthinkable more than half a century ago at the time of the adoption of the Convention.