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Catedrático de Derecho Procesal
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Profesora Contratada Doctora de Derecho Procesal
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SAP de Cádiz (Sección 4ª) de 22 de junio de 2018, Núm. de Recurso 1/2017; Núm. de Resolución: 216/2018. Sobre el modo de interpretar el contenido del derecho a la presunción de inocencia para que el mismo no resulte vulnerado, de tal modo que el objeto de la prueba han de ser los hechos, y no normas o elementos de derecho, y que la presunción de inocencia es una presunción que versa sobre los hechos, pues sólo los hechos pueden ser objeto de prueba. (RI §420649)  

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