La adopción en los Fueros Municipales una perspectiva sociojurídica. (RI §417541)
Adoption in Municipal Fueros: a sociology of law perspective - Manuel Baelo Álvarez
Este trabajo contribuye al estudio de la función social de la paternidad adoptiva como una institución familiar y como un privilegio que se extiende entre los principales fueros o compilaciones de Derecho local de los reinos ibéricos medievales tras la Reconquista. En los Fueros, como derecho especial del Liber Iudiciorum y de la Lex Romana Visigothorum o Breviario de Alarico (506 d.C) la paternidad adoptiva en sus diferentes denominaciones (adoptio, affillat, fecho fijo por conceio, afijar, filio en conceio, affillamiento, hazer fijo o fija, recibir por fijo) se fundamenta en la máxima justinianea «adoptio naturam imitatur» (Liber Gaii. Tit. V. De Adoptionibus) y se formalizaba generalmente ante conceio.
I. PROEMIO. II. LA ADOPCIÓN COM PRIVILEGIO. III. EL CEREMONIAL DE LA ADOPCIÓN VI. LA FILIACIÓN ADOPTIVA EN LOS FUEROS MUNICIPALES. 4.1. El Fuero de Jaca, el Fuero de Pamplona y el Fuero de Sobrarbe. 4.2. El Fuero de Sepúlveda. 4.3. El Fuero de Viguera-Val de Funes y el Fuero de Novenera. 4.4. El Fuero de Daroca. 4.5. El Fuero de Alcalá. 4.6. El Vidal Mayor, los Fueros de Aragón y las Observancias. 4.7. Los Fueros de Brihuega, de Fuentes de la Alcarria y de Molina. 4.8. El Fuero de Cáceres, de Coria y el Fuero de Usagre. V. EL FUERO REAL Y FUERO DE SORIA.