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El modelo dual de negociación colectiva en el Derecho comunitario. (RI §416547)  


Dual model of collective bargaining in community Law - Laurentino J. Dueñas Herrero

El presente ensayo analiza los desajustes de los dos procedimientos de negociación que tienen lugar en el escenario de la Unión Europea: el diálogo social y la negociación colectiva propiamente dicha. El problema surge porque los derechos de asociación y sindicación se han dejado fuera de las competencias comunitarias, a diferencia de lo que sucede en la mayoría de los Estados miembros. De esta manera, el convenio colectivo europeo dependerá de la capacidad y poderes de los interlocutores sociales representativos a nivel europeo. En ausencia de presupuestos legales, existen unos criterios actualizados por la Comisión para medir la representatividad. En último término, el reconocimiento mutuo es la piedra angular en la cual se basa la legitimidad de los interlocutores sociales, porque a pesar de su condición informal y voluntaria, ha sido útil para iniciar relaciones contractuales, incluidos acuerdos.

I. La dimensión comunitaria de la autonomía colectiva y de los interlocutores sociales.- II. La legitimación del poder de negociación.- III. El modelo procedimental dual de negociación colectiva en el ordenamiento comunitario.

Palabras clave: Diálogo social; interlocutores sociales; negociación colectiva; reconocimiento mutuo; suficiente representatividad.;

This essay analyzes mismatches of two negotiation procedures which take place on the stage of the European Union: social dialogue and collective bargaining itself. The problem arises because the rights of Association and unionization have been left outside the Community powers, unlike what happens in the majority of Member States. In this way, the European collective agreement will depend on the capacity and powers of the representative social partners at European level. In the absence of legal budgets, there are criteria that are updated by the Commission to measure the representativeness. Ultimately, mutual recognition is the cornerstone on which rests the legitimacy of social partners, because despite its informal and voluntary status, it has been useful to initiate contractual relations, including agreements.

I. Community dimension of collective autonomy and social partners.- II. Legitimation of negotiation power.- III. Dual procedural model of collective bargaining in community law.

Keywords: Social dialogue; social partners; collective bargaining; mutual recognition; sufficient collective representativity.;

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