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Necesidad y factibilidad de una jurisdicción constitucional rigurosa e independiente: del deseo a las garantías para realizarlo. (RI §412516)  

- José Mateos Martínez

Este artículo pretende reflexionar acerca de las posibilidades reales de lograr una jurisdicción constitucional independiente y digna de su enorme responsabilidad. La fidelidad del legislador a los principios constitucionales y a los derechos de la persona que se encarnan en ellos, sólo es factible a través de un órgano ajeno a los intereses políticos que determine la constitucionalidad de las normas jurídicas: el tribunal constitucional. Pero, precisamente por el vital papel que corresponde al tribunal constitucional, éste debe contar con una regulación que asegure el rigor, la valía y la independencia de sus magistrados. Por ello, aceptando no sólo la necesidad, sino también la factibilidad de una jurisdicción constitucional a la altura de su función, analizaremos las exigencias que deben rodear a sus magistrados para garantizar una auténtica prevalencia de la Constitución, la democracia y los derechos fundamentales.

1. Introducción. 2. Técnicas para asegurar una plena independencia de la jurisdicción constitucional respecto del poder político. 3. La razonabilidad como límite a la discrecionalidad judicial. 3.1. La razonabilidad en la jurisprudencia constitucional italiana: el sindacato di ragionevolezza. 3.2. Una percepción desde la doctrina: discrecionalidad y razonabilidad en la labor del juez constitucional. 4. La voluntad popular como límite máximo contra cualquier exceso de la autoridad del Tribunal Constitucional.

Palabras clave: independencia; jurisdicción; constitución; rigor.;

This article tries to think brings over of the royal possibilities of achieving a constitutional jurisdiction independent and worthy of his enormous responsibility. The loyalty of the legislator to the constitutional principles and the rights of the person that are personified in them only is feasible across an organ foreign to the political interests that there determines the constitutionality of the juridical procedure: the constitutional court. But, precisely for the vital paper that corresponds to the constitutional court, this one must rely on a regulation that he should assure the rigor, the value and the independence of his justices. For it, accepting not only the need, but also the feasibility of a constitutional jurisdiction at a height of his function, we will analyze the requirements that must make a detour to his justices to guarantee a certification primacy of the Constitution, the democracy and the fundamental rights.

Keywords: independence; jurisdiction; constitution; rigor.;

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