La ley de centros de culto de Cataluña ha constituido, quizás, una de las novedades más destacables en el Derecho Eclesiástico Español de los últimos años. El estatuto jurídico de los lugares de culto es objeto de una controversia que ha superado la sede académica, y es ya lugar común en los medios de comunicación. El nuevo Gobierno de la Generalitat de Catalunya surgido de la elecciones autonómicas de 2011, ha aprobado ya un proyecto de reforma de esa ley, con el propósito de reforzar la autonomía de los entes locales en esta cuestión. Los avatares de esta ley y la redacción que finalmente sea aprobada, influirán en el movimiento de nuevas leyes autonómicas de centros de culto que parece que ha empezado en España.
I. NOTAS PRELIMINARES.– II. MOTIVOS DE LA REFORMA.– III. COMENTARIO AL ARTICULADO DEL PROYECTO DE REFORMA.– IV. REFLEXIONES FINALES. ANEXO: PROYECTO DE LEY DE REFORMA DE LA LEY 16/2009 DE CENTROS DE CULTO DE CATALUÑA.
The law of religious sites of Catalonia is one of the most remarkable Spanish Ecclesiastical Laws in recent years. The legal status of religious facilities is controversial not only in academia, but also in the media. The recently elected government of Catalonia has already introduced an amendment to the Act that increases the decision power of local authorities in this matter. If approved, this law will have significant influence on future legislation of religious matters in other regions of Spain.