En el presente artículo se intenta demostrar que la dificultad que se presenta en la discusión respecto de la incriminación del dopaje, deriva menos de una real dificultad de identificación del bien jurídico y más de una comprensión equivocada respecto de su autor. Se intenta, aún, ofrecer una perspectiva dogmática diferente que vuelve la incriminación hacia el ámbito de los delitos de cuello blanco, a través de una concepción de tipo omisivo.