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Catedrático de Derecho Romano de la Universidad Autónoma de Madrid

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Catedrático de Derecho Romano de la Universidad de Córdoba

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La publicidad de los documentos en el ámbito de la escuela estatutaria. (RI §410600)  


Disclosure of the documents in the field of statutory school - Juan Alfredo Obarrio Moreno

El presente trabajo pretende exponer el planteamiento llevado a cabo por la doctrina medieval y tardo-medieval en torno qué requisitos hacían viable el registro y la posterior publicidad de un documento, y qué vicios conducían a su nulidad.

1. Intoducción. 2. El registro y la publicidad de los documentos. 2.1. La solemnidad de los documentos. 2.2 Los vicios u omisiones en las solemnidades documentales. 2.2.1. Los vicios visibles. 2.2.2. Carencia del signo notarial. 2.2.3. Ausencia de la subscripción y de la firma notarial. 2.2.4. El lugar de su recepción. 2.2.5. El día, el mes y el año. 2.2.6. El documento cancelado, enmendado o abolido en su parte sustancial. 2.2.7. El documento secular recepcionado por un notario. 2.2.8. La presentación de un documento no original. 2.2.9. El extracto o la copia de un documento auténtico. 2.2.10. El documento no consignado en los protocolos notariales.

Palabras clave: Registro y publicidad de los documentos; Notariado; Ius commune;

This paper aims to clarify the approach undertaken by the medieval doctrine about what conditions make it viable recording and subsequent publication of a document, and what services leading to invalid.

Keywords: Registration and publication of documents; Notaries; Ius commune;

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