La inscripción de los actos de disposición sobre bienes inmuebles eclesiásticos en el Registro de la Propiedad. (RI §409935)
The registration of acts of disposition of ecclesiastical property -
María Goñi Rodríguez de Almeida
La inscripción de los actos de disposición sobre bienes eclesiásticos en el Registro de la Propiedad español, supone que el registrador, en su función calificadora, aplique el ordenamiento canónico en cuanto a los requisitos necesarios para la enajenación. En este trabajo, se analiza, por tanto, cuáles son los requisitos canónicos de dichos actos de enajenación, su diferencia con los requisitos civiles, y cómo se coordinan ambos ordenamientos, tratando de dar respuesta al problema de la eficacia y validez civil de los actos de enajenación canónicos. Por último, se dedica una especial atención al examen de cada uno de los presupuestos y requisitos registrales que el Registrador debe examinar, con el fin de practicar correctamente el asiento de inscripción solicitado.
I. Introducción. II. Delimitación del objeto: II.1. Bienes inmuebles eclesiásticos. II.2. Actos de disposición. III. Los requisitos canónicos para la enajenación de bienes inmuebles eclesiásticos: III.1. Sujeto. III.2 Objeto. III.3. Limitaciones de la enajenación.1. Presupuestos para la aplicación de los límites o controles en la enajenación. 2. Controles para la validez de la enajenación: la licencia. 3. Controles para la licitud de la enajenación: causa justa, tasación y otras cautelas previstas por la autoridad: examen c. 1293. IV. Los requisitos civiles para la enajenación de bienes inmuebles. V. La coordinación de ambos ordenamientos: los problemas de la eficacia y validez civil de los actos de enajenación canónica. VI. La inscripción de los actos de disposición con eficacia jurídico-real sobre bienes inmuebles eclesiásticos: VI.1. Presupuestos registrales de inscripción. 1. La previa modificación jurídico real. 2. Tracto sucesivo. 3. Forma pública. VI.2. Alcance de la calificación registral. 1. Legalidad de las formas extrínsecas. 2. Capacidad de los otorgantes. 3. Validez de los actos dispositivos. VII Conclusiones.
In Spain registration of the disposal of church property means that the registrar, in his or her function as examiner of documents for correct legal form, will apply canon law as regards the necessary requirements for the disposal operation. This paper therefore looks at the canon requirements for such disposals, the difference between canon requirements and civil requirements, and the way the two legislations are coordinated, seeking to find an answer to the problem of the efficacy and validity under civil law of disposals made under canon rules. Lastly, the paper devotes a special effort to examining each of the events and registration-related requisites that the registrar must examine in order to make the requested registration entry correctly.
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