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La conservación de las aves silvestres. Comentario a la Directiva 2009/147/CE del Parlamento y del Consejo, de 30 de noviembre de 2009. (RI §409743)  

- Agustín de Asís Roig e Isabel Hernández San Juan

La Directiva 2009/147/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 30 de noviembre de 2009 sobre la conservación de aves silvestres (versión codificada de la Directiva 79/409/CEE) constituye una pieza fundamental en la legislación europea sobre la conservación de la naturaleza en Europa. Crea un esquema completo y comprensivo de la protección de todas las especies de aves silvestres de la Unión Europea. Se adoptó unánimemente por todos los Estados miembros en 1979 en respuesta a la terrible y gran disminución de las poblaciones de aves silvestres europeas debido a la contaminación, la pérdida de su hábitat, así como de su uso y estado insostenible. Además muchas de esas aves silvestres eran y son, migratorias, constituyendo un patrimonio natural común y compartido por todos los Estados miembros y su efectiva conservación requería la cooperación internacional. La Directiva reconoce que la pérdida y degradación de los hábitat es la amenaza más seria para la conservación de las aves silvestres. Ello por consiguiente sitúa el énfasis sobre la protección de los hábitat en peligro así como las especies migratorias (Anexo I), especialmente a través de la constitución de Zonas de Especial Protección (ZEP) que comprendan todos los territorios para estas especies. Desde 1994 las ZEP forman parte integrante de la Red ecológica Natura 2000.

1 INTRODUCCIÓN. 2 FINALIDAD Y OBJETIVOS DE LA DIRECTIVA 2009/147/CE. 2.1 Formación del sistema comunitario de protección de las aves silvestres. 3 EL CONTENIDO DE LA DIRECTIVA. 3.1 Objeto y ámbito de aplicación. 3.2 Medidas. 3.3 Medidas de protección relacionadas con los hábitat. 3.4 Medidas relativas a la explotación. 3.5 Medidas relacionadas con la explotación cinegética. 3.6 Límites de la protección. 3.7 Otras medidas. 4 CONCLUSIONES.

Palabras clave: Directiva Aves silvestres; Directiva Hábitats; Protección de la Biodiversidad; Medio Ambiente; Patrimonio Natural;

Directive 2009/147/EC of the European Parliament and of the Council of 30 November 2009 on the conservation of wild birds (this is the codified version of Directive 79/409/EEC as amended) is the EU’s one of the of the most important, creating a comprehensive scheme of protection for all wild bird species naturally occurring in the Union. Its was adopted unanimously by the Members States in 1979 as a response to increasing concern about the declines in Europe's wild bird populations resulting from pollution, loss of habitats as well as unsustainable use. It was also in recognition that wild birds, many of which are migratory, are a shared heritage of the Member States and that their effective conservation required international co-operation. The directive recognises that habitat loss and degradation are the most serious threats to the conservation of wild birds. It therefore places great emphasis on the protection of habitats for endangered as well as migratory species (listed in Annex I), especially through the establishment of a coherent network of Special Protection Areas (SPAs) comprising all the most suitable territories for these species. Since 1994 all SPAs form an integral part of the NATURA 2000 ecological network.

Keywords: Birds Directive; Habitats Directive; Biodiversity Protection; Environment; Natural Heritage;

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