I. Preparación y adjudicación del contrato. 1. Una empresa puede estar legitimada para impugnar la adjudicación del contrato aunque no haya impugnado las bases ni haya participado en el concurso. 2. Criterios admisibles para la adjudicación del contrato: carácter discriminatorio de los que otorgan preferencia por motivos territoriales. Cláusulas sociales. Alcance y efectos de las Sentencias que anulan preceptos de los Pliegos de Cláusulas Particulares. 3. Uniones temporales de empresarios: para la legalidad de la adjudicación, es suficiente que quienes van a formar la unión lo declaren así en documento privado presentado a la licitación. Sentencia de 25 de septiembre de 2008. II. Efectos y extinción del contrato. 4. En los contratos celebrados en la moda-lidad de abono total del precio (“modelo alemán”), el contratista no tiene derecho a percibir intere-ses por el aplazamiento del pago del precio, salvo que esté expresamente previsto en el contrato (Sentencia de 18 de diciembre de 2008, recurso de casación 5212/2005). 5. No se aplica el silen-cio administrativo positivo en los procedimientos dirigidos a la modificación de los contratos (Sen-tencia de 17 de diciembre de 2008, recurso de casación 2864/2005). 6. La omisión del dictamen del Consejo de Estado u órgano autonómico equivalente en el procedimiento de rescate de conce-siones provoca la ilegalidad de la resolución dictada (Sentencia de 12 de diciembre de 2008, re-curso de casación 2076/2005). 7. La instalación, por el titular de una concesión administrativa dirigida a la construcción y explotación de un gasoducto, de una canalización adicional (vacía) destinada a la futura ubicación de un cableado de telecomunicaciones, no constituye una vulnera-ción del título concesional (Sentencia de 24 de noviembre de 2008, recurso de casación 305/2006).