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Sanciones: Reserva de ley. Principio de proporcionalidad. Infracciones: parte subjetiva de los tipos. Sanciones: motivación. Procedimiento administrativo sancionador. (RI §405480)  

- Tomás Cano Campos

I. RESERVA DE LEY: 1. La ley no puede configurar los tipos infractores con una remisión en abstracto e indeterminada a los reglamentos, pero sí utilizar normas sancionadoras en blanco.- II. PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD: 1. No opera respecto de la calificación de la infracción, sino tan sólo respecto de la concreta sanción a imponer por la comisión de una infracción previamente calificada como leve, grave o muy grave.- III. INFRACCIONES: PARTE SUBJETIVA DE LOS TIPOS: 1. Exigencia de dolo o culpa.- IV. SANCIONES: 1. Exigencia de motivación de la resolución sancionadora.- V. PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR: 1. Falta de legitimación del denunciante.

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