Idoneidad del profesorado de religión y derecho a la intimidad. En torno a la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias de 17 de julio de 2007. (RI §402259)
El profesorado de Religión Católica es propuesto para su contratación para cada curso académico por el Obispo diocesano, que juzga su idoneidad conforme a criterios religiosos. En una reciente Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias se condena al Obispado por violación de la intimidad de una profesora, al conocer datos que supusieron que no fuera propuesta ni renovado su contrato. La ponderación de derechos realizada por el Tribunal sigue la doctrina del Tribunal Constitucional, pero no avala con pruebas suficientes la realización del hecho condenado.
I. INTRODUCCIÓN. II. ANÁLISIS DE LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANARIAS, DE 17 DE JULIO DE 2007. 1. El caso analizado: Aspectos fácticos. 2. Aspectos jurídicos. 3. Ponderación de los derechos en juego. 4. Condenas y reparaciones que se derivan de la vulneración. III. CRÍTICA Y CONCLUSIONES.
Teachers of Catholic Religion are proposed for hiring each academic year by the diocesan Bishop, who judges their suitability according to religious criteria. In a recent judgement, Supreme Court of Canary finds guilty the Bishop of violation of the privacy of a teacher, knowing data that imply she neither was proposed nor renewed her contract. The balance of rights by the Court of Canary follows the doctrine of the Spanish Constitutional Court, but not supports the realization of the fact censored with sufficient evidence.