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JIMENO BULNES, M. (Coord.), ESTHER GÓMEZ CAMPELO, BELÉN SÁNCHEZ DOMINGO, FÉLIX VALBUENA GONZÁLEZ: Justicia versus seguridad en el espacio judicial europeo. Orden de detención europea y garantías procesales, Tirant lo Blanch, Valencia, 2011, 250 pp., ISBN 978-84-9876-938-8. (RI §410966)  

- Asier Garrido Muñoz

MAR JIMENO BULNES (COORD.), ESTHER GÓMEZ CAMPELO, BELÉN SÁNCHEZ DOMINGO, FÉLIX VALBUENA GONZÁLEZ: Justicia versus seguridad en el espacio judicial europeo. Orden de detención europea y garantías procesales, Tirant lo Blanch, Valencia, 2011, 250 pp., ISBN 978-84-9876-938-8

Por

ASIER GARRIDO MUÑOZ

Ayudante del Área de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales

Universidad de Salamanca

[email protected]

Revista General de Derecho Europeo (25) 2011

La obra colectiva que presentamos constituye otra aportación de la doctrina española al creciente número de estudios focalizados en la Orden Europea de Detención y Entrega (OEDE). Planteado sobre la base de la (previsible) dicotomía entre justicia y seguridad en el Espacio de Libertad, Seguridad y Justicia (ELSJ), su objetivo es profundizar en el modo en que la OEDE afecta el equilibrio entre ambos elementos.

El estudio se encuentra estructurada en cuatro capítulos. El primero de ellos, redactado por la Profesora Gómez Campelo, presenta de manera general la OEDE en contraposición a la institución clásica de Derecho Internacional con la que las comparaciones son inevitables: la extradición. La autora repasa de esta manera el concepto, naturaleza jurídica y contenido de ambas, poniendo de relieve las evidentes innovaciones instituidas por la OEDE. La introducción es útil como presentación general del objeto de estudio, si bien es cierto que resultará excesivamente general para el lector iniciado en la materia. El Capítulo se cierra con una serie de consideraciones sobre los logros aportados por la OEDE que quizás se encuentren algo desconectadas del resto de la contribución.

El segundo Capítulo valora la denominada “problemática penal” de la OEDE. El título merece ser precisado porque su autora, la Profesora Sánchez Domingo, incide de manera especial en los “delitos informáticos” que no se encuentran recogidos como tales en el ordenamiento jurídico español. Ello se plantea desde la perspectiva de dos principios: el principio de reconocimiento mutuo y la supresión del requisito de la doble incriminación como condición de ejecución de la OEDE. El objetivo último es poner de relieve las deficiencias garantistas de este mecanismo al no existir una armonización de los tipos penales a nivel europeo. La autora se muestra crítica con el estado actual de integración del Derecho penal europeo, o al menos relativiza sus logros, en contraposición, por ejemplo, con la tercera de las contribuciones del libro.

El Capítulo tercero, firmado por la Profesora Jimeno Bulnes, evalúa la aplicación práctica de la OEDE en sede judicial española y europea con un generoso estudio de los problemas planteados desde la perspectiva de los derechos fundamentales que hace referencia igualmente a la jurisprudencia de otros tribunales constitucionales europeos. El enfoque procesalista queda patente en la selección de dos elementos de especial relevancia para la comprensión de esta institución jurídica, el ne bis in idem –prohibición del procesamiento y/o condena de una persona ya juzgada por los mismo hechos- y el condicionamiento de la entrega del individuo reclamado a la revisión de la sentencia de condena en ausencia de la persona reclamada. Si bien la autora no tiene problemas en realzar las debilidades de la OEDE desde el punto de vista de la protección de las garantías procesales, finalmente aprecia el vaso medio lleno al calificarla de “mal menor” que, en todo caso, debe ser complementada por medidas destinadas a reforzar la dimensión “justicia” del citado mecanismo.

El Capítulo cuarto cierra el círculo de análisis con un estudio del tortuoso camino que ha seguido la fallida Propuesta de Decisión Marco relativa a determinados derechos procesales en los procesos penales celebrados en la Unión Europea, presentada por la Comisión el 28 de abril de 2004. La materia reviste el máximo interés al ser en la actualidad objeto de un Plan de Trabajo del Consejo para reforzar los derechos procesales de los sospechosos o acusados en los procesos penales. Como remarca el autor, y contrariamente a lo defendido por varios Estados que se opusieron a la Propuesta de Decisión Marco de 2004, las garantías ofrecidas por los artículos 5 y 6 del CEDH no resultan ni mucho menos suficientes para afrontar los problemas específicos de la cooperación judicial penal en la UE. La nueva base jurídica del art. 82.2 b) TFUE se presenta así como un esperanzador anuncio de lo que el autor espera que sea la nueva legislación europea en la materia. El nuevo enfoque fragmentario del legislador europeo, que aprobará diferentes actos jurídicos para cada una de las garantías en vez de un acto jurídico para todas ellas, posiblemente contribuirá a la consecución de este objetivo.

Que la materia objeto de estudio es plenamente actual, eso es algo que queda más que demostrado con la reciente elevación por el Tribunal Constitucional español de la primera cuestión prejudicial planteada al Tribunal de Justicia de la UE, precisamente en un asunto relativo a la revisión de la condena in absentia de un ciudadano italiano reclamado a España(1). El estudio coordinado por la Profesora Jimeno Bulnes resalta la necesaria dimensión “justicia” de la OEDE por encima del elemento de la “seguridad”, actualmente dominante en su diseño. Lejos de quedarse en meras críticas, aporta propuestas concretas para una concepción más equitativa del mismo.

NOTAS:

(1). ATC de 9 de junio de 2011, nº registro 6922-2008.

 
 
 

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