El conductor de un autobús que atropelló mortalmente a un menor en Sevilla reconoce ir a más velocidad de la permitida
07/09/2011
El conductor del autobús del Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Sevilla que el pasado día 12 de agosto atropelló mortalmente a un menor de 13 años de edad en las inmediaciones de la estación de autobuses de Plaza de Armas de la capital hispalense reconoció ante la Policía Local que, en el momento de los hechos, circulaba a mayor velocidad de la permitida en esa vía.
Usted no está suscrito a nuestro diario de noticias
Sólo los suscriptores pueden acceder al contenido completo del Diario.
Por favor, acceda con sus datos de usuario.
Si está interesado en acceder a este servicio durante un mes de forma totalmente gratuita sólo tiene que cumplimentar el formulario que figura a continuación:
Puede obtener mayor información a través del correo electrónico diario.derecho.municipalportalderecho.com o llamando al teléfono 91 548 82 81.
DIARIO DEL DERECHO MUNICIPAL
Nuestro Diario del Derecho Municipal pretende tenerle al día, de forma ágil y cómoda, de las novedades que se producen en el mundo jurídico en general y en el ámbito del régimen local en particular. Así, a través del Diario puede:
- Acceder a noticias de actualidad,
- Conocer las novedades legislativas y resoluciones judiciales de interés,
- Disponer de una agenda de eventos académicos relacionados con el Derecho,
- Informarse de la convocatoria de procesos selectivos en el ámbito local, y
- Consultar una base legislativa especializada en la materia.
Además, el Diario del Derecho Municipal ofrece:
- El acceso a la base legislativa general de Iustel, que integra, siempre a texto vigente, todo el Derecho positivo necesario para cualquier operador jurídico, debidamente sistematizado, comentado y vinculado con la jurisprudencia y la doctrina relacionada.
- La publicación de artículos especializados, sobre las distintas instituciones del Derecho local, con especial atención a las a las particularidades autonómicas, habiéndose constituido al efecto un equipo compuesto por profesores de distintas Universidades,
- La incorporación de un servicio de asesoramiento jurídico, a cargo de administrativistas establecidos en todas las Comunidades Autónomas, que permitirá la resolución personalizada de cuestiones de especial complejidad sobre régimen local, y que vendrá acompañado de un listado de FAQ’s o preguntas frecuentes de consulta general en la materia (En preparación),
- La inclusión de un apartado dedicado a difundir ordenanzas locales de especial relevancia, sobre todas las materias de competencia municipal, y
- La posibilidad de seleccionar los contenidos que se quieren recibir a través de la newsletter del Diario.
Noticias Relacionadas
- La Audiencia reduce de 6,5 a 6 años de cárcel la condena al autor del atropello de Paseo Colón de Sevilla
La Audiencia absuelve a Fernando Vargas del delito por conducir sin carné, por el que fue condenado a seis meses de cárcel 03/11/2011
- Una familia denuncia que un conductor que arrolló mortalmente a su hijo solo tenga que pagar 180 euros
El Tribunal estima acertada la multa ante la duda de que el motorista fuera a una velocidad superior a la permitida 31/10/2011
- El TS estudiará el jueves el recurso de la Fiscalía contra el autor del atropello de la discoteca Manhattan en Huesca
El Tribunal Supremo estudiará el próximo día 19 el recurso interpuesto por la Fiscalía de Huesca contra la sentencia que condenó a Víctor Manuel Gómez Rivero a cuatro años de prisión por el atropello múltiple con dos muertos ocurrido el 28 de julio de 2007 en las puertas de la discoteca Manhattan de la capital altoaragonesa. 17/10/2011
- Se archivan las actuaciones abiertas por el atropello mortal de 12 personas en las vías férreas del apeadero de Castelldefels Platja. Los fallecimientos se atribuyen a la imprudencia de las víctimas
El Juez instructor de las diligencias incoadas tras el suceso que tuvo lugar en la localidad de Castelldefels, en el que un total de doce personas perdieron la vida como consecuencia del atropello de un tren ALTARIS, dicta auto acordando el sobreseimiento libre y archivo de las actuaciones. Señala que la exhaustiva instrucción llevada a cabo, únicamente conduce a la conclusión de que los lamentables fallecimientos fueron consecuencia de una imprudencia atribuible a las víctimas del atropello. Por un lado, sostiene que la actuación de cruzar las vías por lugar no habilitado para ello, tal y como los fallecidos hicieron, es una conducta expresamente prohibida por la Ley Catalana Ferroviara, máxime cuando existe para tal fin un apeadero. Por otro, indica que en cualquier caso, los resultados de la investigaciones efectuadas llevan a la misma consideración; así, el apeadero cumplía con las normas de seguridad y con la señalización e iluminación correspondientes, igualmente la actuación del maquinista fue la debida -dando negativo en las pruebas de alcoholemia y siendo la velocidad a la que circulaba inferior a la máxima permitida-, asimismo, la locomotora cumplía con las necesarias especificidades y requisitos técnicos. 02/08/2010