Gratificaciones a la jubilación anticipada
23/12/2010
Orden 72/2010, de 15 de diciembre, de la Consejería de Administraciones Públicas y Política Local, por la que se regula la concesión de gratificaciones a la jubilación anticipada (BOR de 22 de diciembre de 2010). Texto completo.
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Se declara por la Sala que en el caso litigioso no se justifica el reintegro de la cantidad exigida por el INSS a la empresa actora, como pago de las mensualidades de la pensión percibida por uno de sus trabajadores en situación de jubilación parcial, a pesar de desempeñar la trabajadora relevista una jornada inferior a la del relevado. 10/11/2011
- Los trabajadores del Ayuntamiento de Coria que se jubilen parcialmente antes de cumplir los 65 años, no tienen derecho a percibir la gratificación contenida en el Convenio Colectivo aplicable
El Ayuntamiento de Coria recurre en casación para unificación de doctrina la sentencia que reconoció a uno de sus trabajadores el derecho a percibir la gratificación que el art. 35 del Convenio Colectivo, por el que se regulan las relaciones de trabajo del personal laboral de dicho Ayuntamiento, establece para los trabajadores que se jubilen con anterioridad a los sesenta y cinco años. La Sala estima el recurso, pues el precepto convencional citado es de aplicación únicamente a aquéllos que se jubilen anticipadamente, sin poder equiparar la misma a la jubilación parcial anticipada, como es el caso, ya que mientras que la primera extingue el contrato de trabajo, en la segunda subsiste el contrato, si bien con reducción de jornada y reducción proporcional de salario. 09/08/2011
- En el presente supuesto se ha infringido la obligación de comunicar al demandante que el demandado va a acudir al juicio asistido de Letrado, a fin de que pueda hacer uso de igual medio de asistencia técnica de modo que se garantice la igualdad de las partes en el proceso, anulándose las actuaciones por haberse creado indefensión
Se acoge el presente recurso de casación para unificación de doctrina, que confirmó la desestimación de la pretensión de la recurrente, dirigida a que se le reconociera el derecho a percibir la prestación de jubilación SOVI, siendo la cuestión sometida a discusión, si el Tribunal de suplicación debió decidir no celebrar el juicio ante la circunstancia de que la recurrente no estuviera asistida por un Letrado, cuando la Administración sí lo hizo. La Sala declara que la sentencia impugnada no se ajusta a la doctrina sentada al respecto y plasmada en la de referencia, según la cual, es preciso, para evitar la indefensión, que si la parte demandada va a ser asistida por un abogado, al demandante se le comunique esa circunstancia a fin de que pueda hacer uso de igual medio de asistencia técnica de modo que se garantice la igualdad de las partes en el proceso, comunicación que en este caso no se realizó, infringiendo el art. 21 LPL. 09/06/2011
- El Tribunal Supremo avala las jubilaciones forzosas de los controladores aéreos a partir de los 65 años
El Tribunal Supremo ha avalado la aplicación de jubilaciones forzosas obligatorias a los controladores aéreos a partir de los 65 años con el objetivo de mantener la calidad del servicio y favorecer la contratación. 30/05/2011
- Régimen de incompatibilidad de la percepción de la pensión de jubilación del sistema de la Seguridad Social con la actividad desarrollada por cuenta propia por los profesionales colegiados
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- Jubilación anticipada voluntaria
Orden 71/2010, de 15 de diciembre, de la Consejería de Administraciones Públicas y Política Local, por la que se regula la convocatoria para el año 2011 de la jubilación anticipada voluntaria conforme a la disposición transitoria segunda de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOR de 22 de diciembre de 2010) Texto completo. 23/12/2010
- Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación
Reglamento (UE) n.º 1094/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de noviembre de 2010 por el que se crea una Autoridad Europea de Supervisión (Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación), se modifica la Decisión no 716/2009/CE y se deroga la Decisión 2009/79/CE de la Comisión (DOUE de 15 de diciembre de 2010) Texto completo. 16/12/2010
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En Alemania, la Allgemeines Gleichbehandlungsgesetz (Ley general de igualdad de trato) prevé que las cláusulas de extinción automática de los contratos de trabajo por el hecho de haber alcanzado el trabajador la edad de jubilación pueden quedar exentas de la prohibición de discriminación por motivos de edad. Según la normativa alemana, la facultad de establecer tales cláusulas puede atribuirse a los interlocutores sociales y plasmarse en un convenio colectivo. 14/10/2010
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El Consejo General del Poder Judicial ha suspendido cautelarmente de sus funciones al juez de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional Manuel Arce, quien tiene abierto expediente de jubilación por incapacidad y acumula casi quinientas resoluciones pendientes de dictar. 29/09/2010
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