Los lugares de culto de las minorías religiosas sin acuerdo de cooperación. Especial referencia a Catalunya y Euskadi. (RI §428409)
The worship places of the religious minorities without a cooperation agreement. Special reference to Catalonia and Basque Country -
María Jesús Gutiérrez del Moral
El pluralismo religioso obliga a los poderes públicos a gestionar la diversidad religiosa y el ejercicio del derecho de libertad religiosa. Tener un lugar de culto es un derecho de las confesiones religiosas, derivado de la libertad religiosa. El presente trabajo tiene por objeto el análisis de la regulación específica de los lugares de culto en España, y en particular cómo afecta a las minorías religiosas sin acuerdo de cooperación, con especial referencia a la regulación catalana y vasca.
I. Introducción. Los lugares de culto. Concepto jurídico. II. La regulación de los lugares de culto en la normativa estatal. Disposición adicional decimoséptima de la ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la administración local. III. La regulación de los lugares de culto en Catalunya. IV. La regulación de los lugares de culto en Euskadi. V. A modo de conclusión: laicidad, cooperación, cohesión social, desarrollo sostenible y lugares de culto de minorías religiosas. VI. Referencias bibliográficas.
Religious pluralism requires the public authorities to take actions in order to manage the diversity of religious beliefs and the exercise of the right to religious freedom. Having a worship place is a right, derived from religious freedom. The purpose of this work is to analyse the specific regulation of worship places in Spain, and how it affects religious minorities without a cooperation agreement, with special reference to Catalonia and Basque Country regulation.