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Catedrático de Derecho Romano de la Universidad Autónoma de Madrid

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Catedrático de Derecho Romano de la Universidad de Córdoba

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El defensor civitatis desde su primer reconocimento legal en la Constitución de Valente y Valentiniano del 368 d.C. hasta la reforma de Mayoriano. (RI §428283)  


The defensor civitatis from its first legal recognition in the Constitution of Valens and Valentinian in AD 368 to the reform of Majorian - Carmen Jiménez Salcedo

En la historia de la institución del defensor civitatis distinguimos varios periodos de distinta duración en los que la figura sufre cambios en su regulación desde su primera aparición en la Constitución de los emperadores Valente y Valentiniano en el 368 d.C. hasta padecer un momento de aparente decadencia que parece ser paliada por la reforma legislativa llevada a cabo por Mayoriano casi un siglo después, las. En este trabajo nos dedicamos a poner de relieve las características y competencias de esta figura, intentando extraer de la exégesis de las fuentes, un hilo conductor estructural y funcional común a pesar del carácter coyuntural de su naturaleza en este periodo de tiempo. Todo ello, en la certeza de los parámetros de utilidad que el Derecho Romano ha aportado a la ciencia jurídica internacional y de que el defensor civitatis, sin ser el ombudsman actual, pudiera inspirar una revisión de mejora de su marco legislativo para el futuro.

Palabras clave: Defensa de los derechos; defensor del pueblo; defensor civitatis; administración pública; control de la administración.;

Throughout the historical evolution of the defensor civitatis institution, we can identify several distinct periods in which the role experienced changes in its regulation, beginning with its first appearance in the Constitution issued by Emperors Valens and Valentinian in AD 368, and leading up to a phase of apparent decline. This decline seems to have been alleviated by the legislative reforms implemented by Emperor Majorian almost a century later. This paper aims to elucidate the attributes and powers of this role, striving to derive from an exegesis of the sources a consistent structural and functional theme, despite the situational nature of its character during this timeframe. This effort is underpinned by a recognition of the valuable contributions that Roman Law has made to international legal scholarship and by the notion that the defensor civitatis, although not equivalent to the modern ombudsman, might inspire further enhancements to its legislative framework in the future.

Keywords: Defense of rights; Ombudsman; Defensor civitatis; public administration; administrative control.;

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