Decisión y voto de Sentencia del Tribunal Supremo Federal de Brasil de 27 de noviembre de 2024 (Recurso Extraordinário com Agravo (ARE) 1249095). La presencia de símbolos religiosos, como imágenes y crucifijos, en edificios y organismos públicos no viola el principio de neutralidad del Estado en relación con las religiones, ni la libertad de creencia de las personas. (RI §427722)
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