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El reconocimiento de la víctima y su tratamiento en el ámbito de delitos transnacionales. (RI §427461)  

- Judit Blanco Martínez

La globalización comprende a día de hoy, ya no sólo el fenómeno económico o estrictamente social. En un mundo en el que actualmente las fronteras que antes entendíamos como lejanas, ahora se difuminan y prácticamente todo está al alcance de la mano. Con este fenómeno global, se extiende pues la globalización de los delitos, y con ella, la globalización de las víctimas. En el presente trabajo se pretende arrojar luz sobre la importancia que requiere el reconocimiento de la figura de la víctima como parte fundamental y protagonista del delito gracias a la Victimología, para poder realizar un tratamiento adecuado de la víctima tanto a nivel internacional, regional y nacional, cubriendo o intentando cubrir las necesidades de ella más allá de cualquier frontera.

1. Introducción 2. Importancia de la Victimología como pilar fundamental del reconocimiento de la víctima. 3 El tratamiento de la víctima a nivel internacional: Convención de las Naciones Unidas contra la delincuencia organizada transnacional y sus protocolos. 3.1 Convención de Palermo. 3.2 Tratamiento de la víctima en la Convención de Palermo. 4. El tratamiento de la víctima a nivel regional. Reconocimiento de la víctima en la Unión Europea. 4.1 Libro verde sobre indemnización a las víctimas de delitos de 28 de diciembre de 2021. 4.2 Directiva 2004/80/CE del Consejo de 29 de abril de 2004 sobre indemnización a las víctimas de delitos. 4.3 Directiva 2004/81/CE del Consejo, de 29 de abril, relativa a la asistencia y el permiso de residencia para las víctimas nacionales de terceros países. 4.4 Directiva 2011/36/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de abril de 2011 relativa a la prevención y lucha contra la trata de seres humanos y a la protección de las víctimas. 4.5 Directiva 2011/93/UE del Parlamento y del Consejo, de 13 de diciembre de 2011, relativa a la lucha contra los abusos sexuales y explotación sexual de los menores y la pornografía infantil 4.6 Directiva 2012/29/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012 por la que se establecen normas mínimas sobre los derechos, el apoyo y la protección de las víctimas de delitos 5. El tratamiento de la víctima a nivel nacional. El reconocimiento de la víctima en España. 5.1 Ley 4/2015, de 27 de abril, de Estatuto Jurídico de las Víctimas de Delitos. 5.2 Las oficinas de Asistencia a las víctimas (OAV). 6. Conclusiones.

Palabras clave: Víctima; Victimología; Delitos transnacionales; Convención de Palermo; Estatuto de la Víctima.;

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