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La confirmación judicial facultativa previa de las clases de créditos. (RI §427403)  


The optional and prior judicial confirmation of the classes of claims - Marta Flores Segura

Aceptando hacer uso de la opción habilitada por la Directiva sobre reestructuración e insolvencia, el legislador español concede la opción de solicitar, ante la autoridad judicial competente, una confirmación previa de las clases de créditos a fin de evitar una siempre indeseable litigiosidad posterior basada en la incorrecta formación de las mismas. Sin embargo, a la confirmación judicial facultativa y previa de las clases de créditos se dedican únicamente dos preceptos (los arts. 625 y 626 TRLC), que contienen una regulación acaso demasiado simple y parca de la materia y que, precisamente por ese motivo, están generando considerables problemas e interrogantes en la práctica. Las dudas interpretativas existentes, las importantes consecuencias de la confirmación judicial previa de las clases y el significativo empleo que los operadores jurídicos y económicos están haciendo de esta novedosa institución justifican el estudio profundo y monográfico sobre la materia que aquí se realiza.

I. EL CONTROL DE LA FORMACIÓN DE LAS CLASES. 1. El control ex ante vs. el control ex post. 2. La relación entre el control ex ante y el arrastre vertical (cross-class cram-down). 3. El control de las clases en la Directiva sobre reestructuración e insolvencia. 4. El control de las clases en el sistema español. II. LA LEGITIMACIÓN ACTIVA. 1. La legitimación del deudor. 2. La legitimación de los acreedores. 3. Otros legitimados. 4. La innecesaria coincidencia entre el proponente el plan y el solicitante de la confirmación judicial previa de las clases. III. CONTENIDO, FORMA Y MOMENTO DE LA SOLICITUD. 1. Contenido de la pretensión. 2. Juzgado competente. 3. Forma de la solicitud. 4. Momento de la solicitud. 5. Posibilidad de presentación de varias solicitudes. IV. EL REQUISITO DEL ANUNCIO A LOS ACREEDORES AFECTADOS. 1. Consideraciones generales sobre la publicidad de la solicitud de confirmación judicial previa. 2. El propósito del anuncio a los acreedores afectados. 3. Aspectos formales. 4. El momento del anuncio a los acreedores afectados. 5. Consecuencias del incumplimiento. V. LA NECESIDAD DE ACOMPAÑAR TAMBIÉN UNA PROPUESTA DE PLAN DE REESTRUCTURACIÓN. VI. LA EVENTUAL OPOSICIÓN DE LOS ACREEDORES AFECTADOS. 1. El plazo para oponerse a la confirmación judicial de las clases. 2. La legitimación activa para oponerse a la confirmación previa de las clases. 3. Forma de la oposición. 4. Tramitación de la oposición. 5. La eventual oposición del deudor. 6. Examen de oficio en caso de ausencia de oposición. 7. La resolución mediante sentencia irrecurrible. VII. EFECTOS. 1. Efectos de la sentencia confirmatoria. 2. Efectos de la sentencia no confirmatoria. 3. La posterior modificación de las clases previamente confirmadas judicialmente. 4. La posterior modificación del plan. VIII. BIBLIOGRAFÍA.

Palabras clave: clases de créditos; confirmación judicial; planes de reestructuración; insolvencia.;

Accepting to make use of the option enabled by the Restructuring and Insolvency Directive, the Spanish legislator grants the option of requesting, before the competent judicial authority, a prior confirmation of the classes of claims in order to avoid an always undesirable litigation based on the incorrect configuration of said classes. However, only two precepts are devoted to the optional and prior judicial confirmation of the classes of claims (articles 625 and 626 of the Spanish Insolvency Act), which contain a regulation that is perhaps too simple and brief and which, precisely for this reason, is generating considerable problems and questions in practice. The existing interpretative doubts, the important consequences of the prior judicial confirmation of the classes of claims and the significant use that market operators are making of this novel institution justify the in-depth and monographic study on the matter carried out here.

Keywords: classes of claims; judicial confirmation; restructuring plans; insolvency.;

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