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Juana Pulgar Ezquerra. Catedrático de Derecho Mercantil, Universidad Complutense de Madrid.

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Javier Megías López. Profesor Titular de Derecho Mercantil, Universidad Complutense de Madrid.

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Eva Recamán Graña. Profesora de Derecho Mercantil, Universidad Complutense de Madrid.


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Sobre la impugnación de plan de reestructuración no consensual (Comentario a la SAP Pontevedra, sección nº 1 nº 179/2023, de 10 de abril. Caso Xeldist). (RI §426257)  


On the challenge of the judical approval of a non-consensual restructuring plan (statement to the SAP Pontevedra, section 1ª, num. 179/2023, april 10th) - Francisco Javier Menéndez Estébanez

En el presente comentario se resaltan los aspectos esenciales de la sentencia examinada, que se centran en el sistema de formación de clases en los planes de reestructuración, a partir del concepto de interés común, y los criterios legalmente establecidos para tal función. Igualmente, se aborda el tratamiento del perímetro de afectación y su relación con la formación de clases, desde la perspectiva de los motivos de impugnación. Finalmente, se alude a los motivos de impugnación que expresan límites económicos en defensa de los derechos de los acreedores que disienten del plan y, especialmente, el trato paritario o no menos favorable entre acreedores del mismo rango formados en clases diferentes.

I Planteamiento del supuesto. II La formación de clases de créditos. III El perímetro de afectación y la formación de clases. IV Los límites a la formación de clases a través de los motivos de impugnación. El tratamiento no menos favorable entre créditos del mismo rango.

Palabras clave: interés común; plan de reestructuración; formación de clases; arrastre de acreedores; perímetro de afectación; trato paritario.;

In this statement the essential aspects of the revised sentence will be highlighted; They focus on the class formation system within the restructuration plans, based on the concept of common interest, and the criteria legally stablished for said function. Furthermore, the treatment of the affectation’s perimeter and its relationship to class formation are also addressed from the perspective of the grounds for challenge. Finally, the grounds for challenge which contain economical limits in defense of the creditor’s rights who dissent from the plan are mentioned, in addition to the equal or no less favorable treatment between creditors of the same rank formed in different classes.

Keywords: common interest; restructuring plan; class formation; affectation’s perimeter; creditors cramdown; parity treatment.;

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