El ejercicio del ius puniendi por sujetos privados. A propósito del artículo 107.4 de la Ley 6/2011 de movilidad de la Comunidad Valenciana. (RI §426006)
The exercise of
ius puniendi by private persons. Regarding article 107.4 of Law 6/2011 on mobility of the Valencian Community -
Miguel León Acosta
El objeto del presente trabajo es reflexionar sobre una parcela de una cuestión clásica del Derecho: el ejercicio del ius puniendi por sujetos privados, utilizando como caso testigo el sector del transporte público terrestre de viajeros, en particular, en la Comunidad Valenciana.
En concreto, han sido tres las cuestiones abordadas. En primer lugar, si la Administración pública puede confiar su poder sancionador a un sujeto privado. En segundo lugar, en caso contrario, si puede hacerlo el Legislador, bien directamente o bien habilitando a la Administración para ello. Y, por último, se ha estudiado a qué principios y normas estaría sujeto, en su caso, el privado que ejerceriera el ius puniendi; haciendo en este punto especial hincapié entre la distinción del Derecho público y el Derecho privado y las consecuencias de la aplicación de uno u otro.
I. Introducción. –II. Marco normativo del transporte público terrestre y del papel de los particulares en su prestación. 1. Marco normativo del transporte público terrestre. 2. El régimen sancionador de los usuarios del transporte público terrestre. 3. El papel de los privados en la prestación del transporte público terrestre. –-III. ¿La Administración pública puede confiar el ejercicio de su potestad sancionadora a un sujeto privado? –IV. El posible ejercicio del ius puniendi del prestador privado del transporte público terrestre frente a sus usuarios. –V. El Derecho aplicable a los privados que participan en el ejercicio del ius puniendi. 1. La summa divisio: la distinción entre Derecho público y Derecho privado. 1.1. El carácter subjetivo del criterio de distinción: sociedad vs. individuo. 1.2. El Derecho público como un Derecho fundamentalmente de poderes vicariales. 1.3. El problema de la identificación de la actuación del sujeto como un acto realizado como individuo de la sociedad o como la propia sociedad. 1.4. El encuadramiento del ius puniendi como poder público y sus consecuencias. 1.5. El poder punitivo frente a los usuarios del transporte público terrestre como ejercicio del ius puniendi. 2. La aplicación analógica del Derecho administrativo. VI. Conclusiones. VII. Bibliografía.
The purpose of this paper is to reflect on a classic legal issue: the exercise of ius puniendi by private persons, using the public passenger transport sector as a case study, particularly in the Valencian Community.
Specifically, three questions have been addressed. Firstly, we wonder whether the public administration can entrust its sanctioning power to a private party. Secondly, if not, whether the Legislator can do so, either directly or by empowering the Administration to do so. And finally, what principles and rules must be applied when a private person is exercising ius puniendi. Regarding to this, we study with special emphasis the distinction between public law and private law and the consequences of the application of one or the other.