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Disfunciones procesales derivadas del ejercicio de la acción directa y de las acciones de regreso en caso de seguro de cobertura de responsabilidad de la Administración Pública. (RI §424948)  


Procedural dysfunctions derived from the exercise of direct action against the public administration insurer - María de las Nieves Jiménez López

Resulta cada vez más frecuente que las Administraciones Públicas tengan suscrito un seguro de responsabilidad civil para cubrir los riesgos derivados de su funcionamiento, en todos los ámbitos. Al contar con este seguro, los perjudicados por un hecho lesivo del que debe responder la Administración, pueden ejercitar frente a la aseguradora la acción directa reconocida en el artículo 76 de la Ley del Contrato de Seguro, lo que conlleva que surjan ciertas dificultades en relación con una serie de cuestiones procesales de gran importancia, desde el orden competente para conocer de dicha acción, la eficacia y consecuencias del resultado de este proceso o la intervención que en él pueden o deben tener los sujetos responsables o causantes del daño, así como las acciones de repetición que nacen para la aseguradora, tanto frente a la Administración asegurada como frente a los sujetos responsables de la lesión. Sin embargo, es importante que estas cuestiones sean resueltas para poder otorgar una correcta tutela judicial efectiva y cumplir de forma eficaz con la fines del sistema de responsabilidad patrimonial frente a los ciudadanos.

I. INTRODUCCIÓN. II. ACCIONES EJERCITABLES POR EL PERJUDICADO EN CASO DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. 1. Régimen jurídico de responsabilidad patrimonial y seguro de responsabilidad civil. 2. Vías de las que dispone el sujeto lesionado para reclamar una indemnización. III. PROBLEMÁTICA ACTUAL DEL EJERCICIO DE LA ACCIÓN DIRECTA FRENTE A LA ASEGURADORA. 1. Orden jurisdiccional competente para conocer de dicha acción. 1.1 El origen del conflicto de competencia. 1.2. Estado actual del conflicto. 2. Ejercicio de la acción directa exclusivamente frente a la aseguradora sin que previamente determinada la responsabilidad patrimonial de la Administración. 3. Ejercicio de la acción directa exclusivamente frente a la aseguradora previa determinación de la responsabilidad patrimonial de la Administración en vía administrativa y/o contencioso-administrativa. 4. La intervención de la Administración y/o el personal responsable del daño en el proceso seguido exclusivamente frente a la aseguradora 4.1 La intervención de la Administración Pública como asegurada. 4.2 La intervención de los funcionarios, autoridades o empleados públicos que causaron el daño en el proceso seguido frente a la aseguradora en el ejercicio de la acción directa. IV. LAS ACCIONES DE REGRESO DE LA ASEGURADORA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. 1. Acciones de regreso ejercitables por la aseguradora de la Administración frente a la que se ha seguido un proceso en virtud de la acción directa. 2. Acción de regreso frente a la propia Administración asegurada. 3. Acción de regreso frente al personal al servicio de la Administración Pública y/o sus aseguradoras: art. 43 LCS. V. CONCLUSIONES. VI. BIBLIOGRAFÍA.

Palabras clave: Acción directa; acciones de regreso; acción de repetición; seguros de responsabilidad civil; responsabilidad patrimonial.;

It is increasingly common for Public Administrations to have civil liability insurance to cover the risks derived from their operation, in all areas. By having this insurance, those harmed by an injurious act for which the Administration must respond, can exercise direct action against the insurer recognized in article 76 of the Insurance Contract Law, which entails that certain difficulties arise in relation to with a series of procedural issues of great importance, from the competent order to know of said action, the effectiveness and consequences of the result of this process or the intervention that the subjects responsible or causing the damage can or should have, as well as the Repeat actions that arise for the insurer, both against the insured Administration and against the subjects responsible for the injury, which must, however, be resolved in order to grant a correct and effective judicial protection and effectively comply with the purposes of the patrimonial responsibility system for citizens.

I. INTRODUCTION. II. ACTIONS EXERCITABLE BY THE LOST IN CASE OF THE PUBLIC ADMINISTRATION'S EQUITY LIABILITY. 1. Legal regime of patrimonial responsibility and civil liability insurance. 2. Ways available to the injured subject to claim compensation. III. CURRENT PROBLEMS OF THE EXERCISE OF DIRECT ACTION AGAINST THE INSURER. 1. Competent jurisdictional order to hear such action. 1.1 The origin of the conflict of jurisdiction. 1.2. Current state of the conflict. 2. Exercise of direct action exclusively against the insurer without previously determining the patrimonial responsibility of the Administration. 3. Exercise of direct action exclusively against the insurer after determining the patrimonial responsibility of the Administration through administrative and / or contentious-administrative proceedings. 4. The intervention of the Administration and / or the personnel responsible for the damage in the process followed exclusively against the insurer 4.1 The intervention of the Public Administration as insured. 4.2 The intervention of the officials, authorities or public employees who caused the damage in the process followed against the insurer in the exercise of the direct action. IV. REPETITION ACTIONS BY THE PUBLIC ADMINISTRATION INSURER. 1. Repetition actions exercisable by the Administration's insurer against which a process has been followed by virtue of direct action. 2. Repetition action against the Insured Administration itself. 3. Repetition action against personnel at the service of the Public Administration and / or its insurers: art. 43 LCS. V. CONCLUSIONS. VI. BIBLIOGRAPHY.

Keywords: Direct action; return actions; repetition action; civil liability insurance; patrimonial liability.;

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