La mediación como alternativa ¿idónea? ante la ruptura de las uniones extramatrimoniales. (RI §424935)
Mediation process as a way to resolve conflicts arising from the dissolution of unmarried couples: an effective alternative? -
Luis Pérez Fernández
Las uniones extramatrimoniales se presentan como un modelo más dentro de la diversa configuración actual de la familia, situándose en un plano de igualdad y gozando de la misma protección constitucional que las demás formas de organización de la convivencia familiar. Precisamente, las particularidades propias de ese ámbito familiar, configuran un entorno especialmente propicio para el surgimiento de conflictos entre sus integrantes, haciendo aconsejable recurrir a mecanismos de solución de las mismas en los que se atenúe la <> ínsita en toda controversia. La mediación se presenta como un instrumento especialmente apto para la composición de este tipo de controversias, en la medida que facilite un entorno amistoso y colaborativo. Huérfano de una regulación detallada, nuestro sistema procesal debe mirar hacia la mediación como alternativa al proceso, y adaptarlo a las crisis y rupturas de las uniones matrimoniales.
1.- INTRODUCCIÓN. 2.- CONSIDERACIONES PREVIAS. 2.1.- Delimitación omnicomprensiva del concepto de familia. 2.2.- Amparo constitucional y tipología de las uniones more uxorio. 2.3.- Equiparación legal de los distintos modelos familiars. 3.- MEDIACIÓN FAMILIAR Y SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. 3.1.- Origen y evolución: el inacabado impulso de la mediación en España. 3.2.- Mediación y mediación familiar: ¿género y especie? 3.3.- De la superación (o aclaración) de la “alternatividad” hacia la integración (complementariedad). 3.4.- Relaciones familiares: un campo abonado a la mediación. 4.- MEDIACIÓN Y UNIONES EXTRAMATRIMONIALES. 4.1.- Potenciación e impulse. 4.2.- Ámbito material. 5.- CONCLUSIONES. 6.- BIBLIOGRAFÍA.
Extramarital unions are presented as one more model within the actual configuration of the family, standing on an equal scenario and enjoying the same constitutional protection as other forms of organization of family life. Precisely, the particularities of this family environment generate the emergence of conflicts between its members and advise resorting to mechanisms for resolving them in which the "aggressiveness" inherent in all disputes is mitigated. Mediation is presented as an instrument especially suitable for the composition of this type of dispute because it facilitates a friendly and collaborative environment. Our procedural system, with no detailed regulation, must look towards mediation as an alternative, and adapt it to crises and ruptures of marital unions.