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Natividad Fernández Sola (Universidad de Zaragoza), Directora / Editor in Chief

Rosario Espinosa Calabuig (Universidad de Valencia), Directora Ejecutiva / Executive Editor

Sara Iglesias Sánchez (Universidad Complutense de Madrid), Secretaría científica / Managing editor

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El principio de solidaridad obliga más allá de las buenas intenciones. Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 15 de julio de 2021, Alemania contra Polonia. (RI §424673)  


The principle of solidarity binds beyond the heartfelt willingness. Judgment of the Court (grand chamber) of 15 july 2021, Germany v. Poland - Alfredo Dos Santos Soares

El Tribunal de Justicia falla desestimando en su totalidad el recurso de casación interpuesto por Alemania y refutando el argumento de este Estado miembro sobre la supuesta naturaleza abstracta del principio de solidaridad. En su fallo establece que dicho principio subyace a todo el sistema jurídico de la Unión y que está estrechamente vinculado al principio de cooperación leal. Asimismo, entiende que el citado principio produce per se efectos vinculantes y que la legalidad de cualquier acto de las instituciones y los Estados miembros de la Unión -que forme parte de su política en el ámbito de la energía- debe apreciarse a la luz del principio de solidaridad energética. El presente texto se propone acotar y exponer los principales extremos comprendidos en esta sentencia histórica, calibrar su trascendencia y sus posibles implicaciones doctrinales y prácticas, para concluir señalando que, con su interpretación, el Tribunal de Justicia rescata el principio de solidaridad del territorio de la vaguedad, la abstracción y la correlativa inoperancia, y revela su naturaleza, su alcance y su correcta ubicación en el sistema jurídico de la Unión, en cuyo seno debe operar y al cual debe conferir unidad y coherencia. De esta manera, descubre las bases constitucionales que impiden seguir tratando poco menos que como a un convidado de piedra al principio de solidaridad, en sus distintas manifestaciones y ámbitos de política, incluidos el de la energía, la inmigración, la gestión de las fronteras exteriores, y el asilo.

I. INTRODUCCIÓN. II. ANTECEDENTES: DECISIÓN CONTROVERTIDA SOBRE EL GASODUCTO OPAL. III. PROCEDIMIENTO ANTE EL TRIBUNAL DE JUSTICIA: PRETENSIONES Y MOTIVOS DE LAS PARTES. 1. Solidaridad energética, un concepto puramente político. 2. Solidaridad energética, un mecanismo de emergencia para situaciones de crisis. 3. Solidaridad energética, no un criterio jurídico de apreciación de la legalidad. IV. APRECIACIÓN DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA: EXISTENCIA, NATURALEZA Y ALCANCE DEL PRINCIPIO DE SOLIDARIDAD. 1. Solidaridad, principio subyacente a todo el sistema jurídico de la Unión. 2. El principio de solidaridad despliega efectos vinculantes. 3. La solidaridad no se limita a situaciones de emergencia. V. VALORACIÓN.

Palabras clave: solidaridad energética; gasoducto OPAL; principio de solidaridad; sistema jurídico de la Unión Europea.;

The Court of Justice dismisses Germany's appeal in its entirety and refutes this Member State's argument concerning the alleged abstract nature of the principle of solidarity. In its judgment it states that the principle of solidarity underlies the entire legal system of the Union and that it is closely linked to the principle of sincere cooperation. It also considers that the principle of solidarity produces per se binding effects and that the legality of any act of the Union's institutions and Member States - forming part of its energy policy - must be assessed in the light of the principle of energy solidarity. The purpose of this text is to delimit and set out the main issues covered by this landmark judgment, to gauge its significance and its possible doctrinal and practical implications. It concludes by pointing out that, with its interpretation, the Court of Justice rescues the principle of solidarity from vagueness, abstraction and the corresponding ineffectiveness, and reveals its nature, its scope and its correct placement in the legal system of the Union, within which it must operate and to which it must confer unity and coherence. The Court thus uncovers the constitutional bases which prevent the principle of solidarity, in its various manifestations and policy areas, including energy, immigration, management of external borders and asylum, from continuing to be treated as little more than a stone guest.

Keywords: energy solidarity; OPAL pipeline; solidarity principle; EU legal system.;

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