Logo de Iustel
 
 
Sello de Calidad de la Fundación Española para la Ciencia y la TecnologíaDIRECTOR
Santiago Muñoz Machado
Catedrático de Derecho Administrativo
Universidad Complutense

SUBDIRECTOR
Juan Francisco Mestre Delgado
Catedrático de Derecho Administrativo
Universidad de Alcalá

Menú de la revista

Conexión a la revista

 

El Decreto-Ley 2/2020 del gobierno andaluz. Hacía la privatización de la potestad de ordenación del territorio. Las declaraciones responsables en materia urbanística. La intervención de los particulares en elementos del entorno de bienes del patrimonio cultural o histórico. (RI §422976)  


Decree-Law 2/2020 of the andalusian government. Towards privatization of the land management power. Responsible statements in urban matters. The individuals’ involvement in the environment elements of cultural or historical heritage assets - J. Zamorano Wisnes

El presente artículo realiza un estudio pormenorizado de las modificaciones operadas por el Decreto-Ley 2/2020 en la Ley de Ordenación del Territorio, la Ley de Ordenación Urbanística y la Ley de Patrimonio Histórico, es decir, aquellas normas que afectan al gobierno del territorio. Al estudiar las modificaciones de la LOTA, hemos creído conveniente estudiar también las modificaciones operadas en la indicada norma por el Decreto-Ley 4/2019, de mucho más calado estas últimas, que las modificaciones introducidas por el Decreto-Ley 2/2020. La característica común a las innovaciones introducidas en las normas reseñadas, es el mayor peso de la iniciativa privada en detrimento de la intervención pública, ello se justifica en el intento de dotar de mayor agilidad, reduciendo tiempos de espera, a las iniciativas empresariales, lo que en el fondo redundaría en una mejora de nuestra economía. Ello, entiendo, puede tener un impacto positivo en los procesos de control de los actos de ejecución de la edificación, ahora bien, en los procesos de planificación del uso del suelo, el desapoderamiento de la Administración, especialmente la municipal, entraña importantes riesgos. Como se acaba de indicar, en el ámbito del derecho urbanístico la medida de mayor impacto, es la incorporación al mismo de las figuras de la declaración responsable y comunicación, existentes en nuestro ordenamiento jurídico desde la conocida como Ley omnibus, lo que no puede tener sino una valoración positiva. Si bien, la regulación de las figuras concretas objeto de declaración responsable, a través de un nuevo art. 169 bis, resulta, cuando menos, mejorable. La modificación de la LPHA, de carácter muy puntual, deja sin protección algunas actuaciones en el ámbito de los entornos de los bienes patrimoniales, que no parece razonable, ni ajustada a derecho.

1. INTRODUCCIÓN. 2. LA LEY DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO DE ANDALUCÍA Y LAS INICIATIVAS EMPRESARIALES DE INTERES ESTRATÉGICO PARA ANDALUCÍA. LA ASUNCIÓN DE COMPETENCIAS DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA ANDALUZA EN MATERIA DE ORDENACIÓN GENERAL DEL TERRITORIO. 2.1. Las Actuaciones de Interés Autonómico. 2.1.1. Procedimiento y órgano competente para su resolución. 2.1.2. Efectos de la declaración de AIA. 2.2. Proyecto de Actuación Autonómico. 2.3. Las inversiones empresariales de interés estratégico para Andalucía. 2.3.1. El procedimiento de aprobación. 2.3.2. Los efectos de la declaración. 2.3.3. Coordinación administrativa. 3. LA LEY DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE ANDALUCÍA. 3.1. La tramitación del planeamiento urbanístico. 3.2. Las Actuaciones de Interés Público en terrenos con régimen de suelo no urbanizable. 3.3. Las declaraciones responsables y comunicaciones en actuaciones urbanísticas. 3.3.1. Las autorizaciones previas, las declaraciones responsables y las comunicaciones. 3.3.2. Actuaciones urbanísticas en las que procede la declaración responsable. 3.3.3. Condiciones para la presentación de la declaración responsable. 3.3.4. Efectos de la declaración responsable. 3.3.5. Efectos de la inexactitud, falsedad u omisiones esenciales de la declaración responsable. 3.3.6. Las comunicaciones.3.4. La no adquisición de facultades o derechos contrarios a la ordenación urbanística. 3.5. Modificación de la DA undécima. 4. LEY DE PATRIMONIO HISTÓRICO DE ANDALUCÍA. 5. RECAPITULACIÓN.

Palabras clave: Privatización; planeamiento territorial; planeamiento urbanístico; declaración responsable; comunicación previa; licencias urbanísticas; patrimonio cultural.;

This article performs a detailed study of the amendments made by Decree-Law 2/2020 in the Land Planning Law, the Urban Planning Law and the Historical Heritage Law, that is, those regulations that affect the territory government. By studying the modifications of the LOTA, we have considered it convenient to also study the modifications made in the indicated law by Decree-Law 4/2019, of much more far-reaching the latter modifications than those introduced by Decree-Law 2/2020. The common feature of the modifications introduced in the laws outlined, is the greater weight of private initiative in detriment of the public intervention. This is justified in the attempt to provide greater agility to the business initiatives, reducing waiting times, which would lead to an improvement in our economy. This, in my understanding, could have a positive impact in the control processes of the acts of execution of the construction. However, the disempowerment of the public administration, especially the local government, entails important risks in the planning processes of the land use. As highlighted above, the measure with the greatest impact in the field of urban law is the incorporation into it of the figures of the responsible declaration and communication, which exist in our legal system since the well-known omnibus Law, that only can have a positive assessment. Anyhow, the regulation of the specific figures object of the responsible declaration, through a new art. 169 bis, is, at least, improvable. The very specific modification of the LPHA leaves some actions in the area of heritage assets unprotected, which does not seem reasonable. The very specific modification of the LPHA leaves some actions in the area of heritage assets unprotected, which does not seem reasonable.

Keywords: Privatization; territorial planning; urban planning; responsible statement; prior notice; urban licenses; cultural heritage.;

Documento disponible para usuarios registrados.

Para consultar gratuitamente este artículo primero deberá registrarse como usuario.

 
 
 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana