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PRESIDENTE
José Eugenio Soriano García.
Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Complutense de Madrid.

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Inmaculada González Cabrera, Profesora Titular de Derecho Mercantil (acreditada Catedrática de Universidad). Universidad de las Palmas de Gran Canaria

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Humberto Gosálbez Pequeño, Catedrático de Derecho Administrativo. Universidad de Córdoba

SECRETARIO
Felio José Bauzá Martorell, Catedrático de Derecho Administrativo. Universidad de las Islas Baleares


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Bonos de viajes garantizados en tiempos de la COVID-19. Reflexiones a la luz del Real Decreto Ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico, y la Recomendación (UE) 2020/648 de la Comisión de 13 de mayo de 2020, relativa a los bonos ofrecidos a los pasajeros y a los viajeros como alternativa al reembolso de viajes combinados y servicios de transporte cancelados en el contexto de COVID-19. (RI §422751)  


Travel vouchers in the time of COVID-19. Reflections in the light of the Royal Decree Law 11/2020 of 31 march, adopting additional urgent measures in the social and economic field to deal with COVID-19 and the Commission Recommendation of 13.5.2020 on vouchers offered to passengers and travellers as an alternative to reimbursement for cancelled package travel and transport services in the context of the COVID-19 pandemic - Inmaculada González Cabrera

La reciente aprobación del artículo 36.4 del Real Decreto Ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente a la COVID-19, su modificación por la Disposición final quinta del Real Decreto Ley 21/2020 de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, así como de la Recomendación (UE) 2020/648 de la Comisión de 13 de mayo de 2020, relativa a los bonos ofrecidos a los pasajeros y a los viajeros como alternativa al reembolso de viajes combinados y servicios de transporte cancelados en el contexto de la pandemia de COVID-19, nos permite reflexionar sobre la opción de que los viajeros acepten la entrega de un bono por parte de los operadores turísticos (organizadores de viajes y transportistas, respectivamente) en vez del reembolso del dinero que habían abonado por los servicios que no pueden prestarse. Asimismo, interesa detenernos en la recomendación de que tales bonos se garanticen, sin que se aclare bien cómo, contando de un lado, para el caso de los viajes combinados, con una garantía que podría cubrir tal eventualidad y, de otro, con la posibilidad de pensar seriamente en afrontar la ordenación de un fondo de garantía o solidaridad en el transporte aéreo que evite socializar las pérdidas.

1. Introducción. 2. La actual posición del viajero en los contratos con los operadores turísticos (especial referencia a transportistas y a organizadores de viajes combinados). 3. La modificación del artículo 160 del TRLGDCU operada por el artículo 36.4 del Real Decreto Ley 11/2020. 4. La Disposición final quinta del Real Decreto Ley 21/2020 de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. 5. La Recomendación (UE) 2020/648 de la Comisión de 13 de mayo de 2020, relativa a los bonos ofrecidos a los pasajeros y a los viajeros como alternativa al reembolso de viajes combinados y servicios de transporte cancelados en el contexto de la pandemia de COVID-19. 5.1. Requisitos de los bonos. 5.2. La protección del bono contra la insolvencia del operador. 6. Un fondo de solidaridad como garantía para futuras eventualidades. 7. Apuntes finales. 8. Bibliografía. 9. Otros recursos.

Palabras clave: ransporte aéreo; reembolso; bonos; circunstancias extraordinarias; fondo de solidaridad.;

The recent approval of Article 36.4 of Royal Decree-Law 11/2020 of 31 March, adopting additional urgent measures in the social and economic field to deal with COVID-19, its amendment by the fifth final provision of Royal Decree-Law 21/2020 on urgent prevention, containment and coordination measures to deal with the health crisis caused by COVID-19, as well as the Commission Recommendation of 13.5.2020 on vouchers offered to passengers and travellers as an alternative to reimbursement for cancelled package travel and transport services in the context of the COVID-19 pandemic allows us to reflect on the option of passengers accepting the issue of a voucher by tour operators (tour organisers and carriers respectively) instead of reimbursement of the money they had paid for services that cannot be provided. It is also important to consider the recommendation that such vouchers should be guaranteed, without making it clear how, in the case of package travel, a guarantee could be provided to cover such an eventuality and, on the other hand, with the possibility of seriously considering setting up a guarantee or solidarity fund for air transport to avoid socialising losses.

Keywords: Air transport; reimbursement; bonuses; extraordinary circumstances; solidarity fund.;

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