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STS- Sala de lo Civil, Sección 1ª- 138/2019, de 6 de marzo sobre Derecho concursal. Concurso culpable. Incongruencia de la sentencia omisiva. La condena al cómplice a indemnizar los daños y perjuicios causados con su conducta no es un pronunciamiento obligatorio que deba ser incluido en la sentencia que califique el concurso como culpable con independencia de que haya sido o no solicitada por la administración concursal o el Ministerio Fiscal. (RI §421472)  

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