STS- Sala de lo Civil, Sección 1ª- 226/2019, de 10 de abril sobre juicio de revisión por existencia de maquinaciones fraudulentas. Demanda de revisión interpuesta fuera de plazo de tres meses, no quedando interrumpido el plazo por la interposición de una demanda de rescisión de sentencia firme por ser una actuación manifiestamente improcedente al haber transcurrido el plazo de cuatro meses desde la publicación de los edictos. (RI §421471)