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La STJUE de 10 de enero de 2019 (Asunto C‑97/18): cooperación judicial, decomiso y arresto por impago. (RI §421468)  

- Tomás Farto Piay

En el presente trabajo se analiza la sentencia del TJUE de 10 de enero de 2019 dictada sobre la Decisión Marco 2006/783/JAI, de 6 de octubre de 2006, relativa a la aplicación del principio de reconocimiento mutuo de resoluciones de decomiso. El TJUE refrenda la primacía exclusiva del Estado de ejecución para decidir sobre los procedimientos de ejecución y determinar las medidas correspondientes en base a su legislación interna, siendo irrelevante la configuración de las medidas y procedimientos en el Estado emisor, toda vez que la cooperación judicial se funda en el principio de reconocimiento mutuo basado en la confianza recíproca, lo que implica la aceptación por los Estados miembros del Derecho penal de los demás Estados miembros. En tal sentido, el TJUE valida la aplicación de las medidas que el Estado de ejecución considere más adecuadas para la ejecución del decomiso, con respeto de los derechos fundamentales, convalidando el arresto por impago voluntario de decomiso.

I. ANTECEDENTES DEL CASO. II. ANÁLISIS DE LA DECISIÓN ADOPTADA POR EL TJUE. 1. ¿El arresto por impago es compatible con la DM 2006/783/JAI?. 2. ¿El hecho de que la legislación del Estado de emisión permita también recurrir al arresto por impago tiene alguna relevancia para la aplicación de tal medida en el Estado de ejecución?. III. CONSIDERACIONES FINALES. BIBLIOGRAFÍA.

Palabras clave: decomiso; confiscación; arresto por impago; cooperación judicial; reconocimiento mutuo.;

In this paper, we analyze the judgment of the CJEU of January 10, 2019 issued on Framework Decision 2006/783/JHA, of October 6, 2006, regarding the application of the principle of mutual recognition of confiscation orders. The CJEU confirms the exclusive primacy of the executing State in deciding on the enforcement procedures and determining the corresponding measures based on its domestic legislation, the configuration of the measures and procedures in the issuing State being irrelevant, since judicial cooperation is It is founded on the principle of mutual recognition based on reciprocal trust, which implies acceptance by the Member States of the criminal law of the other Member States. In this sense, the CJEU validates the application of the measures that the executing State considers most appropriate for the execution of confiscation, with respect for fundamental rights, validating the arrest for voluntary non-payment of confiscation.

Keywords: forfeiture; confiscation; term of imprisonment; judicial cooperation; mutual recognition.;

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