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El despido por enfermedad a la luz del principio de igualdad. (RI §421087)  


The dismissal due to disease from the perspective of the principle of equality - Tasia Aránguez Sánchez

La deficitaria protección jurídica de la enfermedad crónica y en especial de las llamadas “enfermedades de alta prevalencia femenina”, es un asunto que debe ser abordado a la luz del principio de igualdad. Este artículo se ha centrado en la temática del despido por absentismo de la trabajadora que padece una enfermedad crónica, y la reflexión se ha llevado a cabo desde la perspectiva de género como marco epistemológico. El objetivo de los argumentos presentados ha sido fundamentar la nulidad del despido y para ello se han desarrollado tres líneas argumentales. La primera de ellas es la asimilación en la jurisprudencia europea de la enfermedad de larga duración a la discapacidad y, dado que los despidos por discapacidad son nulos, se concluye la consiguiente nulidad del despido por enfermedad de larga duración (categoría en la que entrarían, sin agotarla, todas las enfermedades crónicas). La segunda línea argumental es la vulneración del derecho a la salud que implica el despido de una persona a causa de su enfermedad, pues la amenaza de despido compromete seriamente la búsqueda de atención sanitaria. La tercera línea argumental es la nulidad del despido por discriminación indirecta por razón de sexo cuando la extinción de la relación laboral se produce porque la trabajadora padece una enfermedad crónica (especialmente cuando esta enfermedad crónica entra dentro de la categoría “de alta prevalencia femenina”) o cuando el despido se produce a causa de la acumulación de incapacidades temporales vinculadas a su condición de mujer (como la dismenorrea o el dolor pélvico).

I. Introducción.- II. Discapacidad y nulidad del despido por enfermedad de larga duración.- III. Despido por enfermedad no asimilada a la discapacidad y vulneración del derecho a la salud.- IV. Discriminación por razón de sexo y despido por enfermedad.- V. Conclusión.

Palabras clave: Despido; enfermedad crónica; absentismo; nulidad; discriminación indirecta.;

The deficient legal protection of the chronic disease and especially of the so-called "diseases of high feminine prevalence" is an issue that must be studied from the perspective of the principle of equality. This article has focused on the topic of dismissal for absenteeism of the worker who suffers from a chronic disease, and this reflection has been developed from the perspective of gender as an epistemological framework. The objective of the arguments presented has been to support the dismissal nullity. We have stated three argumentations. First of these argumentations is the assimilation in European jurisprudence of the long-term illness to disability. As disability dismissals are null, consequently dismissals due to long-term disease (category in which they enter, without exhausting it, all chronic diseases) are null too. Second argumentation is the violation of the right to health that implies the dismissal of a person because of his/her illness (the possibility of dismissal seriously compromises the search for health care). The third argumentation is the nullity of dismissal for indirect discrimination based on sex when the termination of the employment relationship occurs because the worker suffers from a chronic disease (especially when this chronic disease falls within the category of "high female prevalence") or when the dismissal occurs due to the accumulation of temporary disabilities linked to her condition as a woman (such as dysmenorrhea or pelvic pain).

I. Introduction.- II. Disability and nullity of dismissal due to long-term disease.- III. Dismissal due to a non-assimilated to disability disease and vulneration of the right to health.- IV. Discrimination due to sex and dismissal due to disease.- V. Conclusion.

Keywords: Dismissal; chronic disease; absenteeism; nullity; indirect discrimination.;

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