AAP de Cádiz (Sección 5ª) de 30 de mayo de 2018; Núm. de Recurso: 977/2018; Núm. de Resolución: 126/2018. Sobre autorización de ingreso no voluntario (ex art. 763 LEC) con carácter de urgente en centro de menores, requisitos: urgencia, existencia de una persona con trastorno psíquico y cumplimiento de los plazos legales, de faltar la urgencia o llegado el cumplimiento del plazo máximo, se ha de optar por la adopción de medidas cautelares dentro del proceso de incapacitación. (RI §420647)