Confesión policial y prueba penal: el valor procesal de las declaraciones autoinculpatorias realizadas ante la policía. (RI §420196)
Police questioning and criminal evidence: using admissions of guilt made to the police as evidence in criminal proceedings -
Antonio Martínez Santos
Como regla general, en el ordenamiento procesal español las diligencias del atestado policial tienen el valor de una simple denuncia. Esta regla se extiende también a las declaraciones realizadas por el detenido durante el interrogatorio practicado por la policía, que no tienen valor probatorio alguno a menos que se reproduzcan en presencia judicial. Sin embargo, todavía existe incertidumbre acerca de la admisibilidad y el posible valor probatorio de cargo de las declaraciones prestadas exclusivamente ante los agentes cuando su contenido es de naturaleza autoincriminatoria.
I. Las declaraciones autoinculpatorias en dependencias policiales: delimitación del problema; II. El marco delineado por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos; III. Doctrina constitucional sobre el valor de las declaraciones autoinculpatorias del detenido; 3.1. La evolución del criterio del Tribunal Constitucional sobre la recepción procesal de las declaraciones realizadas en dependencias policiales; 3.2. Valoración crítica; IV. La posición de la Sala 2ª del Tribunal Supremo: el conocimiento de extremos relacionados con el delito, atestiguado por los agentes de policía, como base para inferir la culpabilidad del declarante; 4.1. Evolución reciente del criterio jurisprudencial de la Sala 2ª: el Acuerdo de Pleno no jurisdiccional de 3 de junio de 2015; 4.2. La aplicación posterior del Acuerdo; V. Conclusiones; VI. Bibliografía.
As a general rule, in Spanish Law police reports have the same effectiveness as a simple formal complaint and thus may not be used in court. This rule also extends to statements made by suspects during police interrogation, which have no evidentiary value unless they are repeated by the accused person in the presence of a judge. However, there are still uncertainties about the admissibility and possible probative value of statements of a self-incriminating nature made exclusively to police officers.