Logo de Iustel
 
 
Sello de Calidad de la Fundación Española para la Ciencia y la TecnologíaDIRECTOR
José María Asencio Mellado
Catedrático de Derecho Procesal
Universidad de Alicante

SECRETARIA
Verónica López Yagües
Profesora Titular de Derecho Procesal
Universidad de Alicante

DIRECTORA DE EDICIÓN
Soledad Ruiz de la Cuesta Fernández
Profesora Contratada Doctora de Derecho Procesal
Universidad de Alicante

Menú de la revista

Conexión a la revista

 

La incidencia de la doctrina del TJUE en los principios que informan el proceso civil. (RI §419715)  


The impact of the CJEU doctrine over the principles that infomr the spanihs civil procedure - Alicia Armengot Vilaplana

La doctrina del TJUE en materia de cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores ha provocado la reforma de diversos procedimientos de nuestra LEC cuya estructura impedía la efectividad de los derechos reconocidos por la Directiva 93/13 a los consumidores. Más allá de estas reformas específicas cabe plantearse si la doctrina de Tribunal de Luxemburgo está alterando los principios que informan nuestro proceso civil o si, antes al contrario, se trata de una apreciación aparente.

I. Introducción. II. La incidencia de la doctrina del TJUE en el principio dispositivo. 1. Cuando el juez civil declara la nulidad de una cláusula por ser abusiva y tal declaración no ha sido solicitada por el actor. ¿Efecto de cosa juzgada sobre esa declaración no pedida?. 2. La posibilidad de que el tribunal estime una pretensión procesal no planteada por el actor. La ampliación de los poderes de oficio del Tribunal y la controvertida sentencia <>. 3. La posibilidad de que el Tribunal estime la pretensión con base en una causa de pedir no alegada por el actor. III. La apreciación de oficio de las cláusulas abusivas y el principio de aportación de parte. 1. Cuando el juez civil aprecia de oficio una cláusula abusiva, no queda alterado el principio de aportación de parte siempre que el contrato que incluya la citada cláusula haya sido aportado al proceso por alguna de las partes (principio de aportación de parte y principio de adquisición procesal). 2. Cuando el carácter abusivo de una cláusula o su consideración como cláusula de adhesión precisan de la práctica de prueba. Su proposición de oficio por el juez civil. IV. La apreciación de oficio de las cláusulas abusivas y el principio de contradicción. 1. Cuando el juez civil aprecia de oficio una cláusula abusiva y resuelve la controversia sin la aplicación de la misma, antes de resolver, deberá poner esa circunstancia en conocimiento de las partes para respetar el principio de contradicción. V. Conclusiones.

Palabras clave: Cláusulas abusivas; Doctrina jurisprudencial TJUE; Proceso Civil.;

The doctrine developed by the Court of Justice of the European Union (CJEU) on unfair terms in consumers’ contracts has led to the amendment of several procedures of the Spanish Civil Procedure Act 2000 (LEC) whose structure prevented the effectiveness of those rights conferred by EU Directive on consumers’ rights (Council Directive 93/13/EEC). Beyond these specific amendments it must be taken into consideration whether the CJEU doctrine entitles a major modification of those principles informing the Spanish Civil Procedure or, otherwise, it is a mere appreciation.

Keywords: unfair terms; CJEU case-law; Civil Procedure.;

Documento disponible para usuarios registrados.

Para consultar gratuitamente este artículo primero deberá registrarse como usuario.

 
 
 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana