I. Preparación y adjudicación del contrato. 1. Solvencia técnica. Los requisitos se entenderán acreditados con la autorización exigida por el Estado miembro de la UE en que se encuentre establecida la empresa que participa en la licitación. 2. Posibilidad de que la mesa de contratación solicite un informe externo a un particular que sirva de base para la valoración de las proposiciones. Alcance y límites de la remisión a dicho informe. II. Efectos y extinción del contrato. 3. Liquidación del contrato. Silencio administrativo e inclusión de unidades no previstas en el proyecto. 4. Derecho del concesionario al restablecimiento del equilibrio económico. Nueva desestimación del recurso interpuesto por el concesionario de una autopista de peaje (R-2). 5. La concesionaria que ha obtenido el restablecimiento del equilibrio económico del contrato mediante la aportación de fondos de la Administración concedente, no puede instar a continuación la resolución del contrato alegando que dicha aportación de fondos constituye una modificación esencial del contrato o que es imposible la prestación del servicio. 6. Derecho del contratista al restablecimiento del equilibrio económico ante la producción de sobrecostes no imputables al contratista. 7. Los concesionarios en situación de concurso de acreedores no pueden solicitar los préstamos participativos previstos en la Disposición Adicional 41ª de la Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2010.