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Catedrático de Derecho Romano de la Universidad Autónoma de Madrid

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Catedrático de Derecho Romano de la Universidad de Córdoba

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La interrelación de interés público, interés común e interés privado en la noción de utilitas publica. (RI §416778)  


The interaction between public interest, common interest and private interest in the notion ofutilitas publica - Juan Miguel Alburquerque

El análisis y evolución de la trascendental idea de utilitas publica confirma que la noción se había transformado en una guía y un soporte preferente para el conjunto de regulaciones y soluciones sociales y jurídicas romanas. Puede afirmarse que el término, en la mayoría de los supuestos normativos, subsume los principios esenciales más reconocidos en las actuaciones de la administración pública romana, y en los diferentes ámbitos de aplicación - político, jurídico y administrativo-. En la revisión y análisis del tramo histórico inicial –contexto republicano--, aunque la expresión utilitas publica no aparece recogida en la legislación romana de esta etapa, ni en las previsiones edictales, se puede observar una proclividad y una clara tendencia a la equiparación y unificación en el marco de la comunidad, de la esencia republicana y el respeto al pueblo romano: la utilidad de la república representa a su vez la utilidad común (utilitas reipublicae). Se trata de una concepción más equitativa, igualitaria y repleta, en términos de los sofistas, de justicia y utilidad. Como ya he señalado precedentemente, constituye para muchos estudiosos la afirmación más humana de lo que debería entenderse por utilidad (iustitia, aequitas, utilitas). Las concepciones romanas en tiempos de Cicerón reflejan buena parte de los principios básicos que prevalecen con más frecuencia: objetividad del ordenamiento jurídico, justicia, utilidad, equidad, honestidad, licitud, etc., auténtica referencia a una clara idea de utilitas. En este sentido, se analiza en el presente estudio: Utilitas omnium - rei publicae causae.; Utilitas publica-utilitas omnium; Utilitas publica, desde la perspectiva de interés prioritario que favorece al propio Estado; Justiniano y el pretendido y posible retorno a las concepciones utilitas publica- utilitas communis; Utilitas publica: un supuesto peculiar, entre otros, extraído del contexto interdictal, en el que se conjuga el interés público, el interés común y el interés privado; Observaciones finales.

Palabras clave: Utilitas publica; utilitas omnium; utilitas communis; utilitas rei publica; iustitia.;

Utilitas omnium - rei publicae causae; Utilitas publica - utilitas omnium; Utilitas publica, from the perspective of priority interest of State; Justinian and the possible return to the conceptions of utilitas publica - utilitas communis; Utilitas publica: a peculiar supposition extracted from the interdictal context, between the public interest, the common interest and the private interest; Observations.

Keywords: Utilitas publica; utilitas omnium; utilitas communis; utilitas rei publica; iustitia.;

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