Los límites del Sistema Interamericano: denuncias y amagos como respuesta al impacto de la jurisprudencia de la Corte. (RI §416761)
Limits of the Inter-american System: denunciations and threats as responses to the impact of the Court’s Case Law -
Carmen Montesinos Padilla y Ángel Aday Jiménez Alemán
Las denuncias de la CADH por parte de Trinidad & Tobago y de Venezuela constituyen una prueba del impacto de la jurisprudencia de la CorteIDH, así como ponen en tela de juicio un sistema ya de por sí cuestionado. A estas denuncias efectivas han de añadirse la pretendida de Perú, las intenciones manifestadas por Ecuador y el pronunciamiento del Tribunal Constitucional de la República Dominicana, que ha declarado inconstitucional la aceptación de la jurisdicción de la CorteIDH. Este artículo tiene como objetivo analizar las causas subyacentes a estas reacciones estatales en un escenario, no exclusivo del Sistema Interamericano, que constituye una amenaza para los principales avances del proceso de internacionalización de los derechos humanos.
I. DENUNCIAS, SOBERANÍA Y DERECHOS HUMANOS.- II. TRINIDAD & TOBAGO Y PERÚ. PENA DE MUERTE Y TERRORISMO.- III. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. POLARIZACIÓN POLÍTICA: 1. La forma: excepción preliminar del previo agotamiento de los recursos internos 2. El fondo: tutela judicial, libertad de expresión y derechos de las personas privadas de libertad IV. ECUADOR. RELATORÍA ESPECIAL PARA LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN.- V. REPÚBLICA DOMINICANA. LA INCONSTITUCIONALIDAD SOBREVENIDA DE LA ACEPTACIÓN DE LA COMPETENCIA DE LA CORTEIDH.- VI. CONCLUSIONES.
I. DENUNCIATIONS, SOVEREINITY AND HUMAN RIGHTS.- II. TRINIDAD & TOBAGO AND PERU. DEATH PENALTY AND TERRORISM .- III. BOLIVARIAN REPUBLIC OF VENEZUELA. POLITICAL POLARIZATION: 1. The shape: preliminary objection of exhaustion of domestic remedies; 2. The background: judicial protection, freedom of expression and the rights of detainees; IV. ECUADOR. SPECIAL RAPPORTEUR FOR FREEDOM OF EXPRESSION .- V. DOMINICAN REPUBLIC. SUPERVENING UNCONSTITUTIONALITY OF THE ACCEPTANCE OF THE JURISDICTION OF YHE INTER-AMERICAN COURT .- VI. CONCLUSIONS.