Prueba transnacional penal en Europa: la Directiva 2014/41 relativa a la Orden Europea de Investigación. (RI §416104)
Transnational Evidence in Criminal Matters in Europe: Directive 2014/41 regarding the European Investigation Order - Lorena Bachmaier
El pasado 3 de abril de 2014 se aprobó Directiva 2014/41/CE relativa a la orden europea de investigación en materia penal. Su objetivo es facilitar y agilizar la obtención y transmisión de pruebas entre los distintos estados miembros de la UE. Este estudio analiza el contenido de esta Directiva y pretende valorar este nuevo instrumento, tanto desde la perspectiva de la eficacia en la cooperación judicial internacional, como desde la óptica de la salvaguarda de los derechos fundamentales del imputado tal y como se reconocen en el artículo 48 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE, y en concreto el derecho de defensa en un escenario procesal penal transnacional.
1. Introducción; 2. La Directiva relativa a la Orden Europea de Investigación; 2.1 Ámbito de aplicación; 2.2 Sujetos; 2.2.1 La autoridad de emisión; 2.2.2 La autoridad de ejecución; 2.2.3 El imputado y los terceros; 2.3 Requisitos y contenido de la OEI; 2.3.1 Contenido de la OEI; 2.3.2 Proporcionalidad, necesidad y licitud como requisitos de la emisión de la OEI; 2.4 Reconocimiento y ejecución de la OEI; 2.4.1 Los motivos de sustitución y/o denegación de la EIO; 2.4.2 Ley aplicable en la ejecución de la OEI; 2.4.3 Recursos; 3. Balance de la OEI: logros y cuestiones pendientes; 4. Conclusión.
On the 3d April 2014 the Directive 2014/41/EU regarding the European investigation order in criminal matters was finally approved. This instrument seeks to overcome the present fragmentary regulation on the gathering and transfer of cross-border evidence and improve the efficiency of the international judicial cooperation among the Member States. The present study analyses the scope, content and requirements of the European investigation order in order to make an assessment of this Directive from the point of view of the protection of the fundamental rights envisaged in Article 48 of the European Charter of Fundamental Rights, and in particular the right of defence in transnational criminal proceedings.