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La nueva doctrina del Tribunal Supremo sobre relación de puestos de trabajo. Aplicación práctica al ámbito local. (RI §415107)  


The new doctrine of the Supreme Court on the list of job posts. Practical application at the local level - Marcos Peña Molina

La dualidad jurisprudencial (norma jurídica vs acto administrativo) que ha mantenido tradicionalmente el Tribunal Supremo sobre la naturaleza jurídica de las Relaciones de Puestos de Trabajo (RPTs)de las Administraciones Públicas se ha puesto fin tras la Sentencia de 5 de febrero de 2014. La consideración, hacía futuro, de que se trata de un acto ordenado (acto administrativo) y no un acto ordenador (disposición general) de los recursos humanos exige al operador jurídico replantearse el esquema normativo vigente regulador, sobre todo a la hora de afrontar su posible modificación, puesto que aquel descansa sobre la existencia de un procedimiento para la producción normativa. Este replanteamiento conlleva un análisis mas profundo, si cabe, en su aplicación a las Entidades Locales, a la vista de una normativa heteroforme no pensada para esta concreta realidad de organización básica administrativa. Flexibilidad, eficiencia, seguridad jurídica y fidelidad a la realidad administrativa deben ir de la mano a la hora de abordar una adaptación de estos instrumentos a las incipientes necesidades que se presentan en el mundo de lo local, entidades esencialmente nacidas para prestar servicios de interés general.

1. Contexto. 2. Tradición reguladora. 3. Doctrina jurisprudencial. 4. Nueva perspectiva jurisprudencial. 5. Nuevo enfoque sobre el proceso de modificación de las relaciones de puestos de trabajo (RPTs) en el ámbito local. 6. Conclusión.

Palabras clave: RPT; acto ordenado; disposición general; Tribunal Supremo; acto híbrido; flexibilidad; realidad; práctico; Entidad Local; modificación; flexibilidad; jurisprudencia; acto administrativo.;

The jurisprudential duality (legal norm vs. administrative act) that the Supreme Court has traditionally held about the legal nature of the lists of job posts of the public administrations, has come to an end since the sentence of 5 february 2014. The consideration, towards the future, that it is an ordered act (administrative act) and not a regulating act (general disposition) of the human resources, demands on the legal operator to rethink the current legal scheme, above all in addressing its posible modification, since it lies on the existence of a procedure for normative production. This rethinking involves an even more deeper analysis in its application to the Local Entities, in the light of a mixed normative, not thought of for this specific reality of basic administrative organization. Flexibility, efficiency, legal certainty and fidelity to the administrative reality must go togheter in addressing an adaptation of these instruments to the emerging needs that arise in the world of the local, entities born mainly to deliver essential services.

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