Derecho fundamental a la intimidad del trabajador y poderes empresariales. Acerca de la STC de 7 de octubre de 2013. (RI §414948)
Derecho fundamental a la intimidad del trabajador y poderes empresariales - Belén del Mar López Insua
En los últimos años se ha producido un cambio radical en la protección que con respecto al derecho fundamental a la intimidad otorga nuestra Carta Magna. Todo ello gracias a los últimos pronunciamientos jurisprudenciales Constitucionales, en donde se reconoce ahora la posibilidad de que el empresario pueda violar el ejercicio de este derecho siempre que esté en peligro el patrimonio de su empresa (art. 38 CE).
I. La intimidad como derecho fundamental Constitucional: Perspectiva de conjunto.- II. El interés empresarial frente al respecto a la intimidad.- III. Los límites al poder de dirección del empresario tras la STC de 7 de octubre de 2013: el juicio de proporcionalidad.- IV. Conclusiones.- V. Bibliografía.
In the last few years the protection of the fundamental right to privacy bestowed by our Constitution has dramatically changed. After its most recent pronouncements, the Constitutional Court has lately set a legal precedent, which grants powers to the employers to violate that very same right as long as their company net worth is endangered (art. 38 CE).
I. Privacy as a Constitutional fundamental right.- II. The employers´ priorities versus the workers´ privacy preservation.- III. Boundaries to the entrepreneur management powers after the 7 October 2013 Constitutional Court pronouncement: the value judgment.- III. Discussion and conclusions.- IV. References.- V. Bibliography.