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El “autoblanqueo” de capitales. (RI §413928)  


The self-laundering of capital - Ángela Matallín Evangelio

El presente trabajo analiza la problemática tipificación del autoblanqueo de capitales tras la Ley Orgánica 5/2010; tipificación sin límites, con relación a la totalidad de las formas de conducta constitutivas de blanqueo y cualquiera que sea el delito fuente del que proceden los bienes blanqueados, que cuestiona su legitimidad. En especial, se estudian las formas de conducta de posible realización por el autor o cómplice del delito principal, enlazando los requerimientos de la normativa internacional con los derivados de nuestros principios constitucionales, llegando a la conclusión de que la criminalización del autoblanqueo no venía impuesta por las obligaciones supranacionales que nos vinculaban y vulnera el principio ne bis in idem, así como el de proporcionalidad.

I.- INTRODUCCIÓN. II.- NORMATIVA SUPRANACIONAL EN LA PREVENCIÓN Y REPRESIÓN DEL BLANQUEO DE CAPITALES. 1.- Consideraciones previas. 2.- Obligaciones internacionales derivadas en el ordenamiento jurídico español. 2.1.- La convención de naciones unidas contra el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas. 2.2.- Las actividades del Consejo de Europa: Convención de Estrasburgo y Convención de Varsovia. 2.2.1.- Convenio relativo al blanqueo, seguimiento, embargo y decomiso de los productos del delito. 2.2.2.- Convenio relativo al blanqueo, seguimiento, embargo y comiso de los productos del delito y a la financiación del terrorismo. 3.- Las Directivas de la Unión Europea en blanqueo de capitales. 3.1.- Introducción. 3.2.- La primera Directiva comunitaria: Directiva 91/308/CEE, de 10 de junio. 3.3.- La segunda Directiva comunitaria: Directiva 2001/97/CE, por la que se modifica la Directiva 91/308/CEE, de 4 de diciembre. 3.4.- La tercera Directiva comunitaria: Directiva 2005/60/CE, de 26 de octubre (deroga la 91/308). III.- EL BLANQUEO DE LOS BIENES DERIVADOS DEL DELITO PROPIO. 1.- Trasposición de nuestros compromisos internacionales: evolución legislativa. 1.1.- El Código Penal de 1973 (Decreto 3096/1973, de 14 de septiembre). 1.2.- El Código Penal de 1995. 1.3.- La reforma operada por la Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio: la punición específica del autoblanqueo de capitales. 2.- Perspectiva constitucional de la punición del autoblanqueo. 2.1.- Modalidades de conducta del art. 301.1 C.P. 2.1.1.- Adquisición de los bienes derivados del delito propio. 2.1.2.- Posesión de los bienes derivados del delito propio: problemas constitucionales. 2.1.2.1.- La posesión de los bienes por el partícipe en el delito principal como acto copenado. 2.1.2.2.- Otros problemas constitucionales. 2.1.3.- Utilización de los bienes derivados del propio delito. 2.1.4.- Conversión o transmisión de los bienes. 2.1.4.1.- Los actos de autoencubrimiento para aprovechar/asegurar los bienes derivados del delito propio. 2.1.4.2.- Conclusión. 2.1.5.- Realización de cualquier otro acto, distinto de los de adquisición, posesión, utilización, conversión o transmisión de los bienes, para ocultar o encubrir su origen ilícito. 2.2.- Modalidades de conducta del art. 301.2 C.P. IV.- BIBLIOGRAFÍA.

Palabras clave: autoblanqueo de capitales; autoría; principio ne bis in idem; principio de proporcionalidad.;

This paper analyses the problems raised by the criminalisation of self-laundering introduced by the Spanish Law 5/2010, and questions the legitimacy of this legislation, as it criminalises self-laundering for any conduct constitutive of laundering, irrespective of the crime committed to obtain the goods to be laundered. The paper pays particular attention to the types of conduct the agent and the accomplice may realize in the commission of the principal crime, and examines them in the light of the requirements established by international norms and the principles set out in the Spanish Constitution. It concludes that the criminalisation of self-laundering was not a measure imposed by supranational obligations, and that it contravenes the principles of ne bis in idem and proportionality.

Keywords: : Self-laundering; agency; the principle of ne bis in idem; the principle of proportionality.;

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